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Desafíos filosófico-educativos ante la feminización del sistema penitenciario: Perspectivas críticas ante las políticas securitarias y la criminalización de las crianzas en Chile

 

Resumen:
El proyecto de memoria pretende ser una continuidad y profundización de la tesina, que tenía como objetivo el estudio filosófico de la relación entre roles e imaginarios de la mujer en el proceso de feminización del sistema penitenciario. Ahora, el enfoque incluirá una indagación filosófica sobre las repercusiones en las relaciones de crianza que se dan en las unidades materno-parentales de los centros de detención penal en Chile. La pertinencia disciplinaria (filosófico-pedagógica) de esto radica en la urgencia de conceptualizar y construir herramientas teórico-prácticas enfocadas en esta actualización/transformación del sistema carcelario y en las tecnologías sexo-género que operan tanto en las políticas securitarias como en el propio sistema carcelario. La necesidad filosófica de estudiar esto es poder comprender distintos escenarios de vulneración que se dan como resultado de contextos precarizados, e interpretar cómo las medidas institucionales profundizan dicha precarización en vez de brindar una solución que desde la gubernamentalidad no solo ha sido ineficiente, sino que ha agravado la crisis de las maternidades en contextos de capitalismo salvaje.
La hipótesis de la feminización del sistema penitenciario se aborda en la tesina mediante el estudio del aumento de las mujeres privadas de libertad por microtráfico desde la promulgación de la ley 20.000 en el año 2005, la mayoría siendo madres. Esto último ha llevado a que en las cárceles se instalaran nuevas políticas infanto-penitenciarias y que se instalen nuevas formas de crianza y maternidad en encierro.

Palabras clave: Feminización del sistema penitenciario, gubernamentalidad del cuidado, mujeres encarceladas, maternidades privadas de libertad, filosofía en contextos de encierro.

 

Absract:

The memory project aims to be a continuity and deepening of the dissertation, which had as its objective the philosophical study of the relationship between roles and imaginaries of women in the process of feminization of the prison system. Now, the approach will include a philosophical inquiry on the repercussions on the parenting relationships that occur in the maternal-parental units of the penal detention centers in Chile. The disciplinary (philosophical-pedagogical) relevance of this lies in the urgency of conceptualizing and constructing theoretical-practical tools focused on this updating/transformation of the prison system and on the sex-gender technologies that operate both in security policies and in the prison system itself. The philosophical need to study this is to be able to understand different scenarios of vulnerability that occur as a result of precarious contexts, and to interpret how institutional measures deepen such precariousness instead of providing a solution that from governmentality has not only been inefficient, but has aggravated the crisis of maternity in contexts of savage capitalism.

The hypothesis of the feminization of the prison system is addressed in the dissertation through the study of the increase in the number of women deprived of liberty for micro-trafficking since the enactment of Law 20,000 in 2005, most of whom are mothers. The latter has led to the installation of new child-prison policies in prisons and new forms of upbringing and motherhood in confinement.

Keywords: Feminization of the penitentiary system, governmentality of care, incarcerated women, maternity deprived of liberty, philosophy in contexts of confinement.




 Introducción


a. Presentación

En el año 2005 se promulgó la Ley 20.000 sobre el tráfico ilícito de estupefacientes, en la que se encuentra una actualización que sanciona el tráfico en pequeñas cantidades. La ley actual, a diferencia de su versión anterior, nos expone: “Para el tráfico de pequeñas cantidades (microtráfico de drogas): se refiere a los que posean, transporten, guarden o porten o trafiquen pequeñas cantidades de droga. Pena: 541 días a 5 años de presidio, además de una multa (10 a 40 UTM), a menos que se acredite que éstas son para consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, lo que debe ser determinado por el juez competente.”

 

Esta actualización de la cláusula, que incluye y penaliza el microtráfico dentro de un proceso gubernamental de guerra interna contra las drogas, ha tenido consecuencias sociales importantes en distintos sectores vulnerados y precarizados de la sociedad. Esto se ve reflejado en que desde el año 2005 (año de promulgación de la ley) se triplicó el número de mujeres en las cárceles, y en que más del 70% de estas, en Chile, ha sido condenada por delitos asociados a tráfico de drogas. De esta forma, esta nueva población de los centros penitenciarios – feminización del sistema penitenciario - da cuenta de que la gubernamentalidad ha creado un gran problema, sobre todo si, ateniéndonos a las estadísticas entregadas por diversos informes y estudios de dicha población, podemos dar cuenta de que la mayoría de estas mujeres son madres en hogares uniparentales. La expansión de la consideración de delitos que se sancionan con penas privativas de libertad, y que ha llevado a que se triplique el número de mujeres presas, de las cuales aproximadamente el 89% en Chile son madres, abre la problemática hacia qué hacer con esas crianzas e infancias. Es a partir de eso que surgen las unidades materno-infantiles, del programa de gendarmería Creciendo juntos, como parte de un proceso administrativo en avanzar como país a cumplir las reglas de Bangkok. Lo que esta secuencialidad puede reflejarnos, y es parte de nuestra hipótesis investigativa mediante un proceso de indagación filosófica, es que hay una relación estrecha entre maternidades, microtráfico, políticas gubernamentales, feminización del sistema penitenciario y procesos de reconfiguración de modelos de crianzas en encierro carcelario. En este contexto, nuestro enfoque, además de estar en las mujeres privadas de libertad y sus perfiles, dentro de una historicidad capitalista y salvaje, está en las infancias que resultan vulneradas dentro de las dinámicas gubernamentales de criminalización como parte de la lucha contra las drogas y, aún más importante, en la configuración de maternidades e infancias dentro de estos contextos carcelarios.

 

Con la tesina, lo que se logró hacer fue comenzar a construir un marco teórico que permitiese abordar una investigación filosófica respecto a la relación entre encarcelamiento femenino, políticas de seguridad contra las drogas y responder a la pregunta ¿se puede, dentro de estos contextos de vulneración y precarización, abordar una investigación filosófica respecto a la relación entre la instauración y promulgación de la Ley 20.000 en el año 2005, la feminización de las cárceles? (resultado de un proceso previo de feminización del narcotráfico) y, a la vez, estudiar las repercusiones que tiene esta nueva dimensión de criminalización gubernamental y penitenciaria en el dispositivo familiar (esto último de manera muy germinal).  Igualmente, quisimos plantear la importancia de una reflexión filosófica y política en torno a la justicia y las instituciones penitenciarias que releven la división sexual y de género que impacta en las condiciones de encarcelación de mujeres en Chile.

 
Con la profundización de esto en la presente memoria, se quiere extender el entramado filosófico-pedagógico hacia la configuración de crianzas e infancias en contextos carcelarios, sus repercusiones y alcances como fenómeno social, económico, y brutalmente político.


b. Metodología

 

Inicialmente, para poder hacer la memoria, estaba considerada la aplicación de distintas herramientas metodológicas, que inicialmente incluían talleres en la cárcel de mujeres de San Miguel, entrevistas y encuestas semiabiertas tanto a las mujeres madres del recinto penitenciario, como a funcionaries de la unidad materno-infantil, pero distintas condiciones e impedimentos llevaron a que se truncaran dichos procesos, y se reformulara la estrategia de este proyecto. Dentro de esto, se concluyó que el principal objetivo es indagar teóricamente, mediante la búsqueda, recopilación, análisis e interpretación filosóficos, en la configuración de las identidades y los imaginarios en relación con las políticas de cuidado maternales y los procesos de criminalización asociados a las políticas gubernamentales de seguridad en materia de drogas de mujeres.


c. Objetivos

Con esto se espera 1) generar una aproximación teórica al proceso actual de encarcelamiento de mujeres que he propuesto denominar como “feminización del sistema penitenciario”; 2) Visibilizar distintas lecturas e interpretaciones sobre las experiencias de mujeres privadas de libertad en relación con sus perspectivas de cuidado y crianza; 3) Construir herramientas teórico-prácticas que responsabilizan a la filosofía en los procesos educativos de mujeres y niñes privades de libertad y 4) resaltar la práctica filosófica como una herramienta de crítica y responsabilización ética en el problema penitenciario actual.

 

Todo esto responde a la inquietud por resaltar la importancia de una reflexión filosófica y política en torno a la justicia y las instituciones penitenciarias que relevan la división sexual y de género que impacta en las condiciones de encarcelación de mujeres en Chile y en la configuración gubernamental de nuevos sectores de vulneración en las infancias, señalando que hay un “agotamiento” en dichas medidas institucionales a la hora de poder enfrentar estas problemáticas. Agotamiento en el sentido de su insuficiencia e inoperatividad a la hora de resolver un conflicto sino que, por el contrario, extiende el conflicto a distintos sectores de la sociedad.


Nuestros cuestionamientos giran en torno a que con las medidas promulgadas – que sancionan, por ejemplo, el microtráfico - se generan nuevas
relaciones sociales y nuevas y estigmatizadas relaciones con las necesidades, que a la vez que son gestionadas, producen un margen de precariedad y vulnerabilidad en ciertos sectores de la población, que son precisamente donde se producen los fenómenos como el que estamos en proceso de investigar, particularmente en su influencia en los roles de lo doméstico en mujeres, su entorno familiar, su historia de vida, y su rol en la historia de vida de las infancias. Es a partir de eso que podemos suponer que se genera un quiebre en el dispositivo familiar tradicional, produciéndose una triple feminización: de la pobreza, del narcotráfico y de las cárceles, sobre todo en contextos que son precarizados, instalando nuevos espacios de vulneración y precarización: las madres privadas de libertad y les hijes a su cuidado, que ya ven sus vidas marcadas muy tempranamente por la criminalización de una maternidad “delictiva”.


El objetivo de esto es poder brindar un piso teórico y antecedentes para un proyecto de investigación al respecto de este mismo hilo de fenómenos sociales, resultado de la criminalización que se ha generado desde los espacios gubernamentales en la llamada “guerra contra las drogas” – que se despliega en América Latina construyendo nuevas fronteras y políticas securitarias dentro de un mismo territorio, que se enfrentan al “enemigo interior” del/la narcotraficante desde lo punitivo que, como abordaremos, sólo profundiza las desigualdades a partir de la condena a los delitos de clase. El foco será el entorno familiar de las mujeres y disidencias privadas de libertad por la aplicación de la ley que sanciona los delitos antes mencionados, y de qué forma esto re-configura los espacios penitenciarios para las maternidades, construye crianzas penitenciarizadas, y cómo esto afecta a las infancias a partir de la tríada conceptual de l
a feminización del narcotráfico, de la pobreza, y de la cárcel.

Finalmente, nuestro objetivo consiste también en poder aportar desde la filosofía y la pedagogía a poner sobre la mesa una discusión anticarcelaria y que apueste por otras formas restaurativas de justicia.

A lo largo de la memoria desarrollaremos el marco teórico mediante los antecedentes y la justificación del problema, para luego adentrarnos en la relación entre cárcel/biopolítica, necropoder y narcotráfico, la tríada conceptual previamente señalada, entre otros conceptos, para finalmente pasar a la penitenciarización de las infancias dentro de la inclusión subordinada de hijes de presas a los recintos penitenciarios.



Capítulo 1: La triple feminización condenatoria por la legalidad


1.1 Antecedentes


La historia de las cárceles de mujeres en Chile ha tenido un despliegue interesante, en donde quienes gestionan estos espacios van cambiando, cambiando así la identidad de los mismos, más no su función principal, que consiste en a) reproducir la división sexo-género de la delincuencia, b) la regularización del rol de la mujer y c) el castigo al abandono de dicho rol (relacionado con el lugar de mujer-docilidad-maternidad). Según se explica en el Informe de prevalencia de violencia de género en la población penal femenina de Chile, de Gendarmería de Chile (del cual se extrajeron las estadísticas y los gráficos que se presentarán más adelante), respecto del surgimiento de los centros penitenciaros para mujeres, estos comenzaron siendo Casas de corrección, que con el tiempo pasaron a estar en manos de la Orden del Buen Pastor, siendo monjas quienes se encargaban de la vigilancia y la intervención a las mujeres que se encontraban en estos centros, en los que se las instaba mediante labores domésticas y asesoría religiosa (Correa, 2005). El enfoque que se le daba a la intervención estaba sumamente feminizado y arraigado a la reproducción de los roles de género social y culturalmente esperados, ya que

la delincuencia como fenómeno social se concebía más como una desviación masculina, mientras que en la mujer se trataba de un abandono de sus roles tradicionales. Por ello, la intervención a la mujer delincuente se enfocaba en una especie de re-educación y rehabilitación en el ejercicio de dichos roles, ejecutada por entes religiosos que apoyaban al Estado presentado sus servicios. (Gendarmería, 2015)

Con este pequeño contexto del primer enfoque que se le daba a los recintos de reclusión para mujeres en Chile, podemos dar cuenta de que se encontraba fuertemente arraigado al “retorno” de las mujeres “desviadas” hacia su rol asignado a su sexo-género, de la mano con un fuerte componente religioso, en el que las instituciones de este tipo cumplían un rol fundamental en la intervención y rehabilitación de mujeres desde la senda de la delincuencia. El castigo femenino, en este momento de la historia, tiene dos dimensiones: Primeramente, es objeto de las instituciones religiosas, quienes eran las gestoras, distribuidoras y ejecutoras de dicho castigo. En segundo lugar, existía una visión del delito como algo esencialmente masculino, lo que ameritaba un mecanismo distinto para gestionar y sancionar el delito en la mujer. La delincuencia y el sistema punitivo estaban determinados por una división sexual de la trasgresión. Así, también lo estaba el quehacer “reformador” de dichas prácticas. (Correa, 2005).

Con el paso del tiempo, se dio la re-institucionalización de estos centros penitenciarios para mujeres, saliendo de las manos de lo religioso correctivo, para ser transportado a lo institucional-legal.  Este cambio de manos se dio en el año 1996, hace  apenas 26 años. Es aquí cuando la cárcel de Mujeres de Santiago pasó de estar en manos de las Hermanas de Buen Pastor a estar en manos del Estado. Inicialmente, cuando seguía gestionado por dicha institución religiosa, las mujeres reclusas no eran más de 300, dentro de un recinto amplio en el que habían zonas con campo, huertos y caballos. Pero con el traspaso de administración, se dio también el fenómeno socioeconómico de un aumento de mujeres que protagonizaban, forzadas por el contexto de pobreza, delitos y hechos de violencia, así como un proceso de inclusión de la mujer a la esfera del micro/narcotráfico y, con esto, a las esferas de criminalización y producción/aplicación de lógicas securitarias. Todo esto dentro de un contexto político tanto global como territorial, en el que se implementaron las políticas neoliberales y comenzó a expandirse la forma de vida basada en el Capital-trabajo, produciendo formas aún más profundas de desigualdad económica y falta de oportunidades, dentro de un escenario global que instaló nuevas guerras internas para asegurar la estabilidad de los Estados y del modelo económico en curso, a la vez que construía reglas y recomendaciones para gestionar y regular las repercusiones punitivas que comenzaron a darse (como podemos contemplar con Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos – Reglas Mandela; Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad – Reglas de Tokio; y las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres – reglas de Bangkok).

 Con estos fenómenos en curso, el (en ese entonces) único centro penitenciario de mujeres de Santiago, pasó a contar con una población penal de más de 1.400 mujeres. Con esto, sobrevino el hacinamiento en el recinto, que antes albergaba al 21% de la población de ese momento. Pareciera ser, entonces, que con el cambio de la identidad política, desde lo religioso hacia lo securitario, y con la exacerbación del neoliberalismo, aumentó también el radar de vigilancia y de castigo desde el que se nutría el nuevo centro penitenciario y, con esto, aumentó el número de mujeres víctimas de dicho radar y que cayeron en encierro. (Gendarmería de Chile, 2015)


 La nueva realidad de las cárceles de mujeres, con su institucionalización legal, se vio alterada cuando, en el año 2005, se promulgó la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de drogas, teniendo un inciso específico que sanciona el microtráfico. Esta nueva esfera de jurisdicción y sanción penal generó que el anterior número relativamente estable de presas por año comenzara a aumentar, a causa de la gran cantidad de condenas que se comenzaron a dar a mujeres que se sostenían económicamente en el cotidiano a partir del microtráfico.

 
Actualmente, a diferencia del contexto previamente mencionado, existen 5 Centros Penitenciarios Femeninos, y 19 Centros Penitenciarios Mixtos a nivel nacional, y es dentro de ese espacio que se dan los porcentajes y análisis de datos aportados por Gendarmería.

GRAFICO FUENTE: Sistema de Internos, 2015 (Gendarmería de Chile, 2015)



 

En el gráfico presentado, podemos observar la composición delictual del sistema penitenciario en el año 2015. Aquí podemos dar cuenta de que el 45% de las mujeres privadas de libertad, a lo largo de todas las cárceles del territorio chileno, se encuentran en estos centros de reclusión por delitos asociados a la Ley de drogas, siendo la siguiente causa más común el delito del hurto.

 




GRAFICO FUENTE: Sistema de Internos, 2015

 

En este segundo gráfico, que se encuentra en la misma fuente, podemos ver una tabla en la que se ve la composición de los rangos etarios del sistema penitenciario femenino. Aquí, se puede ver que la mayoría de estas mujeres se encuentran entre los 26 a los 35 años de edad, siendo seguidas por el tramo de los 36 a los 45 años, y en tercer lugar está el tramo entre los 18 a los 25 años. En dicho informe, se porcentualiza el rango entre los 26 a los 45 años de edad, siendo este del 61%, y dicha porcentualización responde a la caracterización que se realiza de que la mayoría de las mujeres privadas de libertad se encuentra en el rango de mujeres adultas y en edad fértil.

En la siguiente tabla, de la misma fuente, podemos encontrar los datos sobre la cantidad de hijes que tienen las mujeres madres de los centros penitenciarios:



 Estos datos – el tipo de delito mayormente asociado, el rango etario y la cantidad de hijes - permiten generar una caracterización de la población penitenciaria femenina. Esto se realiza en el mismo informe, en el que se desarrolla la descripción de esta población como mujeres jóvenes y adultas jóvenes, de estratos socioeconómicos bajos, siendo la mayoría (el 89,9%) madres de entre 1 y 15 hijes. Igualmente, se menciona que un 4% tiene hijes en edad de lactancia y un 2% se encuentra embarazada, estando en secciones especiales de las cárceles, llamadas Residencias transitorias.  Estas residencias se construyen luego del Convenio Programa Albergue Provisorio para Lactantes entre Gendarmería de Chile y el Servicio Nacional de Menores, generado en 1998, respondiendo a la perspectiva de género que se desprende de la caracterización de la población penitenciaria femenina, en la que, como hemos podido ver, la mayoría son mujeres madres. Esta realidad exigió que se crearan salas cuna dentro de las cárceles y las llamadas residencias transitorias.


Es importante señalar, que las madres que se encuentran en las cárceles con sus hijos/as, lo están por variados motivos, entre los que destacan el deseo de ella de dar debida protección y cuidado al niño/a; la inexistencia de redes familiares y/o sociales que se hagan cargo del hijo/a y; los beneficios que dichas madres obtendrían al poder estar con sus hijos/as. (Sename, 2019, p. 2)


Según lo presentado en una tesis de Gustavo Riquelme llamada  “Madres narcotraficantes: Las motivaciones de ingreso al narcomundo en mujeres internas en el Centro Penitenciario Femenino de Chillán, Chile”, del año 2017, y publicado en la revista Punto Género, el análisis inicial deriva en la visión de que la criminalidad en Abya Yala es un problema social – y, como desarrollaremos más adelante, de clase -, que ha forzado a que desde la gubernamentalidad se construyan políticas y programas que tienen como finalidad “hacerse cargo” de este problema. En esta publicación toman datos del informe de Gendarmería de Chile del año 2013, en los que también se pueden extraer conclusiones similares a las que expusimos anteriormente respecto del mismo informe, pero del año 2015. En la data del 2013, aproximadamente 1.755 mujeres (el 37% del total de la población penal femenina) estaban presas por delitos asociados a violación a la Ley 20.000, es decir, a tráfico y consumo de drogas:

 

 En las últimas décadas se ha desarrollado un aumento exponencial en el ingreso de mujeres a recintos penitenciarios para cumplir condenas privativas de libertad, superando la tasa de crecimiento de los hombres en el mismo periodo (Gendarmería; 2013); observándose que cada vez más mujeres participan de (y son detenidas por) el tráfico de drogas en Chile. (Riquelme; Barriga, 2015)

 

Con estos antecedentes ya podemos dar cuenta de que, casi de manera automática y sin premeditarlo, apareció el vector narcotráfico en relación con el fenómeno del aumento del número de mujeres en situación de encarcelamiento. A la vez, aparece en variados estudios (Riquelme, 2015; Ahumada, 2017; Leturia, 2018) que existe una estrecha relación tanto cuantitativa como cualitativa respecto de las mujeres que ejercen el microtráfico, y la condición de maternidad, lo cual genera ya un vínculo en torno a lo que comprendemos como roles de lo doméstico, en relación con el cuidado y el sostenimiento de la familia, por ejemplo.

Como plantea Riquelme (2015):


Los principales hallazgos son relativos a los beneficios económicos asociados al tráfico de drogas, pero además, a las distintas significaciones otorgadas por las mujeres a este negocio; sobre todo en lo que compete a sus hijos y a la posibilidad de generar relativa autonomía respecto a sus parejas.

 

Igualmente, se desarrolla con esta nueva dimensión la urgencia de autonomía económica de las mujeres, e igualmente, de su necesidad de ser el sostén económico, emocional y afectivo de los hogares, bajo las ideas del eslabón más débil y visible de la cadena productiva del narcotráfico y del machismo cultural delictivo, como sigue Riquelme (2015):

“(…) [está] caracterizado por el estancamiento estructural al que el narcotráfico condena a la mujeres, otorgándole status de mayor riesgo, menores excedentes y menores cuotas de poder.”

Encontramos, entonces, que las mujeres en situación de vulneración y precariedad, son consideradas como eslabones débiles, el último eslabón, o la carne de cañón de los “altos mandos” invisibles del narcotráfico. Son ellas quienes son vistas en las calles vendiendo, o desde sus propios hogares, quedando así expuestas a riesgos que los altos mandos no corren.

Esta información, extraída de http://oge.cl/trafico-de-drogas-triple-condena-femenina/  , también del año 2017, vuelve a mostrar con porcentajes y estadísticas la condición de realidad de este fenómeno, al enunciar que no es algo aislado de Chile, sino que en el territorio latinoamericano en general el delito de droga es la principal causa del encarcelamiento de mujeres. Específicamente en Chile, el 56% (dentro de dicha fuente) está recluida por este delito, y la mayoría tiene un perfil similar. “El encarcelamiento, la separación de sus hijos e hijas y la estigmatización social son las tres condenas de las 787 mujeres chilenas condenadas por delitos de droga.”

Existiría, por ende, una especie de estereotipo socioeconómico y cultural en las mujeres que conforman la población “microtraficante” del sistema penitenciario:

 

(…) madres, jefas de hogar, baja escolaridad, la mayoría está por delitos no violentos y se desenvuelven en ambientes adversos. (…) Según cifras obtenidas de Gendarmería de Chile, un 96% de las mujeres privadas de libertad por delitos de droga son madres con un promedio de 3 a 4 hijos. Para Corporación Humanas esto genera consecuencias irreparables en el entorno familiar, especialmente con las condenas tan altas que se aplican en este tipo de delito, considerando que la gran – además- mayoría son jefas de hogar.

 

Lo que instala entonces el Gobierno con la Ley 20.000 es un régimen de persecución a los barrios precarizados que repercutió directamente en el encarcelamiento de mujeres madres de hogares uniparentales, en las que interseccionan simultáneamente distintas dimensiones de vulnerabilidad, y que eran parte de la cadena del narcotráfico. Esto deriva también un nuevo nivel de vigilancia, que busca contener dicho fenómeno dentro de las posibilidades que la tecnología criminalística y jurídica lo permite, y que culmine en que se llevan a las mujeres – con todos los simbolismos, imaginarios y significantes asociados-, y quedan sus hijes. Las redadas realizadas por la PDI, en gran parte de los casos, son una recogida punitiva de mujeres asociadas a delitos de microtráfico.

De acuerdo a lo leído en   la columna de Francisco Letulia, https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/columnas/2018/07/07/chile-como-y-por-que-encarcelamos-mujeres/, del año 2018, se despliega la realidad de que la criminalización de ciertos delitos repercute más en mujeres que en hombres, refiriéndose al micro-narcotráfico, y luego se agrega que gran parte de las mujeres de la población penitenciaria están condenadas por dicho delito. En esta columna vuelve a aparecer el hito que instalamos previamente, que es el de la promulgación gubernamental de un decreto institucional que sanciona estos delitos relacionado con la triplicación de la población penal femenina:

 

El impacto directo de la ley 20.000 en la criminalización de la mujer fue brutal (…) Antes de ella, el número de mujeres encarceladas nunca superó las 1.500. Desde que dicha ley fuese promulgada, el año 2005, se observó un fuerte incremento anual de condenas efectivas, estabilizándose en una cifra que en la actualidad afecta a cerca de 4.000 mujeres. (Leturia, 2018)

 

Se pone el énfasis en lo que la Gubernamentalidad instaló con esta Ley, que tuvo una clara consecuencia de criminalización de un sector con un sesgo de género y de imaginarios de los roles domésticos, cuando se llama a

 

estudiar el impacto real de cada política criminal. Y parece especialmente oportuno hacerlo frente a aquellas situaciones que afectan tan marcadamente a mujeres. (Los hombres encarcelados por drogas con cerca de 8.000, pero considerando que hay muchos más presos varones (relación 1:11), podemos decir que la ley 20.000 impacta a las mujeres con varias veces más dureza).


A la vez, esta columna problematiza lo que sucede con la situación de las presas que son madres, y de la estrecha relación que existe entre una maternidad penitenciaria y una infancia vulnerada, cuando menciona, bajo estadísticas de dicha columna, que aproximadamente el 80% de las mujeres condenadas son madres y que, resultado de su encierro, sus hijes terminan en el Sename, pese al programa Creciendo Juntos, que es una instancia dada por Gendarmería que tiene como propósito

 

Contribuir a dar integralidad al proceso de intervención psicosocial de los condenados, ya que trabaja sobre los factores de riesgo de reincidencia delictual asociados a la variable familiar, cubriendo un área hasta ahora no abordada en el Modelo de Intervención de Riesgo, Necesidad y Capacidad de Respuesta que está aplicando el Servicio Penitenciario. Es así como el programa, por una parte, otorga atención a las mujeres embarazadas y a aquellas que permanecen con sus hijos lactantes hasta los 2 años en reclusión, lo que permite junto con dar cumplimiento a un mandato legal otorgar intervención familiar a esta población y en un segundo componente incorpora la intervención familiar de la población condenada que mantiene vínculo con sus hijos que los visitan y requieren desarrollar herramientas para ejercer su rol parental (SENAME, 2022),

 

pero que termina siendo una medida ineficiente, puesto que expone a les niñes desde una edad temprana a crecer, ya sea en entornos marcados por el abandono y la precariedad, como dentro de un régimen penitenciario (programa Creciendo Juntos, SENAME), con todas sus implicancias psicosociales y culturales.

Pues bien, si se hace una lectura más amplia, la cadena entre mujer – roles de lo doméstico – precariedad – narcotráfico, se pueden encontrar muchos documentos y estudios que analizan dicha cadena desde el contexto latinoamericano, para aseverar que es una realidad en todo el continente, y no sólo en Chile. Según lo extraído de http://www.humanas.cl/politicas-de-drogas-y-encarcelamiento-de-mujeres-en-america-latina-la-experiencia-de-mexico-chile-y-colombia/:

 

 Diversos estudios señalan que alrededor del 70% de mujeres que se encuentran privada de libertad en la región (América Latina), lo está precisamente por los delitos relacionados con la droga y en su mayoría obedecen a ámbitos no violentos y pocas cantidades (microtráfrico, mujeres como el último eslabón en la cadena del tráfico) (…) el involucramiento de las mujeres en los delitos de drogas se encuentra determinado por la precariedad económica y la facilidad de ejercer paralelamente las labores de cuidado a los diferentes miembros de la familia.


Las labores de cuidado asociadas con el rol de la mujer son un factor muy relevante a la hora de analizar y comprender las repercusiones políticas del encarcelamiento de mujeres madres dentro de un entorno familiar que se encuentra atravesado por distintas formas de violencia y desigualdad estructurales. Que dichas labores (reproductivas – de crianza y de cuidado) estén asociadas al rol maternal produce que exista un quiebre y abandono en dichas familias, cuando esas madres se ven forzadas a pagar penitenciariamente por su “vida delictiva”, perdiendo a quien tiene el rol reproductivo, así como también el productivo – de sostén económico. Por eso se hace importante, a su vez, poder visibilizar qué discursos de género asociados con la maternidad son los que sostienen las identidades de aquellas mujeres que conforman la población penal, tanto dentro de esta (población penal), como fuera, en el día a día.

Se abre el espacio a tensionar en el problema de las maternidades encarceladas cuando nos damos cuenta de que es una realidad que no remite únicamente a una gubernamentalidad securitaria del territorio chileno, sino que se ha dado en toda América Latina en las últimas décadas. De hecho, existe un estudio transfronterizo muy interesante respecto de estas dimensiones que se entrecruzan y construyen este modo de producción de habitar la precariedad en el contexto de una Gubernamentalidad criminalizadora, que se puede encontrar en https://www.connectas.org/especiales/carne-de-canon/ , “Investigación transfronteriza”.

En el capítulo II de dicha investigación, llamado “Cazadas a medio camino”, se menciona lo siguiente:

 

Feminización del narco como consecuencia de la pobreza (…) La recurrencia de mujeres involucradas en el tráfico de drogas obedece a condiciones de pobreza y nos está conduciendo a una suerte de feminización del narcotráfico que es emergente de la feminización de la pobreza”, reflexiona el ministro de Gobierno de Bolivia Carlos Romero.


Este concepto será vital para los términos del marco teórico de nuestra investigación, principalmente porque es una forma de enunciar una narrativa de crianza que se está desarrollando en el borde de la precarización y excediendo los límites de la legalidad. Con la feminización de la pobreza, se ha feminizado el narcotráfico, y así, también se ha feminizado el sistema penitenciario.


 El involucramiento de las mujeres en los delitos de drogas se vincula a la feminización de la pobreza, a situaciones de vulnerabilidad extrema que, en ocasiones, arriesga la sobrevivencia de quienes tienen su cuidado. (…) Algunas se involucran a través de sus parejas o familiares, mientras que muchas conciben la venta de drogas como una mejor opción laboral ante la oferta de trabajos precarios, que les permite además flexibilidad para conciliar el doble rol de proveedoras del hogar y encargadas de las labores de cuidado. (Centro regional de derechos humanos y justicia de género, La feminización de la llamada “guerra contra las drogas”).


Con esto, podemos dar cuenta de que hay una estrecha relación entre una maternidad arrojada al capitalismo salvaje, la feminización de la pobreza, de la maternidad, y del narcotráfico.

En el capítulo I, titulado “Los eslabones más débiles de la cadena del narcotráfico”, se enuncian algunas de las siguientes frases, en relación con experiencias situadas, las entrevistas realizadas, y la condición de narco-maternidad. Las dejaremos a modo de sentencias por lo conciso y preciso de sus palabras.

-“Como la mayoría de las mujeres utilizadas como correos humanos por el narcotráfico, Elena es de Cochabamba y es madre soltera. “

- “Bolivianas, mujeres madres solteras de escasos recursos encarceladas por tráfico en la frontera” 

Entonces, el problema central de las políticas securitarias que se han enfocado, en esta dinámica de las políticas de cuidado al alero de la guerra contra las drogas, es que su resultado ha sido la feminización del sistema penitenciario. ¿Por qué? Porque en las últimas décadas se ha dado el fenómeno de la feminización del narcotráfico, resultado de la necesidad de las mujeres madres de los sectores de la sociedad más olvidados, marginalizados y precarizados, de poder cumplir el rol proveedor económico de sus hogares, a la vez que cumplir el rol dentro de los imaginarios de la maternidad. Al final, es un delito de clase, propio de una sociedad desigual basada en el Capital-trabajo-salario, y que, gracias a políticas securitarias que se enfocan en el parche más rápido e inmediato, terminan profundizando un problema social que a todas luces se deja ver y que desde la gubernamentalidad intentan ignorar, vulnerando así a un sector de la sociedad que termina siendo un eslabón de vulneración hacia las infancias.


 

1.2 Fundamentación del problema


De acuerdo a distintos estudios que se han realizado respecto a las cárceles de mujeres, podemos visualizar que en éstas, y particularmente en las identidades que conforman estos espacios de encierro, aparece la existencia de múltiples realidades caracterizadas por la precariedad de las necesidades básicas y los roles de género en torno a lo femenino/la maternidad uniparental, reflejadas en la precarización de la vida, y la aparición de los márgenes de vulnerabilidad/vulneración. Esto conlleva a la falta de oportunidades y la reducción de las vidas a un destino de super/sobre-vivencia.
Como narra un artículo llamado “La invisible vida de las mujeres privadas de libertad” (CIPER)[i], en el año 2021 habían 25 centros penitenciarios, entre femeninos (5) y mixtos (19). La mayoría de ellas están presas por delitos de droga y, sacando cálculos, aproximadamente 3.125 de ellas son madres.

Ahora bien, podemos encontrarnos con un gran problema respecto a la forma en la que la institucionalidad chilena ha abordado punitivamente el microtráfico con la promulgación de la Ley 20.000, dentro del contexto de Asambleas generales internacionales para lidiar con el conflicto del narcotráfico. El hecho de instalar un régimen penitenciario al micrográfico transgrede directamente las recomendaciones dadas tanto por las Reglas de Mandela (2015), como las Reglas de Tokio (1990). En estas, se menciona que las penas privativas de libertad en centros penitenciarios tenían que ser la última alternativa ante una situación de crimen, intentando siempre optar por otras vías que tomaran en cuenta las repercusiones que tiene para un ser humano el estar bajo encierro carcelario. Sin embargo, nos encontramos con una legalidad que, obviando la apertura al despojo que está produciendo en todo un núcleo familiar con medidas restrictivas, tiende a tomar la última opción no sólo como la mejor, sino como la única.

 

Una de las realidades más devastadoras de las periferias de nuestro territorio es la que podemos observar en el fenómeno político, social, económico y cultural del narcotráfico, en el cual podemos evidenciar cómo éste ha configurado toda una nueva red de relaciones, tanto sociales como con el espacio, formulando una política del exterminio que constituye toda una gubernamentalidad del narcotráfico. En ese sentido, si hablamos de que para un sector de la población hay una precarización abismal de la vida, enraizada en las desigualdades de clases que generan el neoliberalismo, su relación con el trabajo asalariado y el capitalismo tardío, aparece una realidad que implica una falta abismal de oportunidades -la cual está codificada en una relación exterminadora- y que tendrá como efecto inmediato un arrojo de les pobladores hacia una búsqueda por la supervivencia, en la necesidad por la obtención de ciertos criterios mínimos para la subsistencia o una vida “digna”.

Dentro de las mutaciones tanto de relaciones, de los regímenes de valorización, de mercancías como del espacio que ha configurado el narcogobierno de las periferias en nuestro territorio, se han constituido nuevos modelos de identidades (sujetos que tienen una narrativa material, que se expresa en formas específicas de relaciones sociales y de producción)  atravesadas por dichas políticas de exterminio: Figuras que se han vuelto casi mitológicas dentro de lo urbano – por ejemplo, del narcotráfico dentro del narcogobierno, que encarna lo que Sayak Valencia categoriza como el endriago, sujeto del capitalismo gore que es la intersección simultánea de 4 factores:

 

La de la carencia por su posición económicamente marginal, la del exceso por los deseos hiperconsumistas del mercado, la de la frustración por la imposibilidad de satisfacción total de estos deseos y la de la heroificación por la trivialización y justificación de la violencia en las representaciones mediáticas” (Capitalismo gore y necropolítica en México contemporáneo, de Sayak Valencia Triana 2016),

 

ya que materializan cierto poder, ciertos códigos, y construyen nuevas jerarquías dentro de las mismas poblaciones. Es dentro de esa brecha en la construimos nuestra investigación, en la que consideramos que el ingreso de individues a la esfera del crimen del narcotráfico responde a la necesidad de generar ingresos para subsistir. Esto guarda estrecha relación con la condición de vulnerabilidad, que se puede definir como “(…) aquellos que debido al menosprecio generalizado de alguna condición específica que comparten, a un prejuicio social erigido en torno a ellos o por una situación histórica de opresión o injusticia, se ven afectados sistemáticamente en el disfrute y ejercicio de sus derechos fundamentales.” (Boutard, 2022). Igualmente, señalar que los procesos de urbanización han llevado a la gentrificación y a la consolidación de territorios como sectores periferizados, que tienden a ser parte de las dinámicas “delictivas” como resultado de esa propia territorialidad. Entonces, el factor psicogeográfico y territorial en el que se encuentre una individualidad también es un factor vital a la hora de ver la historia de crecimiento, desarrollo, vulneraciones y modos de producción de relaciones sociales que se articulan. En un territorio que encuentra todas sus dinámicas codificadas bajo las relaciones sociales narco, se produce el fenómeno de la territorialización de dichas dinámicas, que consagran la permanencia estigmatizada de las mismas en un espacio en el que la gubernamentalidad sólo interviene esporádicamente para las incautaciones grabadas para la prensa televisada de la noche.

 En ese caso, nos gustaría enfocarnos en cómo dentro de estos contextos de vulneración y precarización se configura la identidad y el imaginario de la mujer y de sus roles, entendiendo el entramado histórico que está anclado dentro de esta figura, sus símbolos y significantes, y armar una relación filosófico-pedagógica con la Ley 20.000 y el fenómeno de la alza de mujeres  madres presas luego de su promulgación. A la vez, poder entender desde dicho rol sexo-genéro, las relaciones que se dan entre vulnerabilidad-maternidad-criminalización, y las formas de crianza que se articulan en la sub-vida penitenciaria.

Sabemos que los imaginarios históricos y políticos hegemónicos se imponen como modos de habitar y de (re)producir, y que generan un espacio de sanción a los cuerpos e identidades que exceden esa imposición, y la apuesta es ver de qué maneras esto se excede/o normaliza dentro del contexto situado de las mujeres privadas de libertad a partir del estudio de análisis de bibliografía respecto al tema. También es foco de nuestra futura investigación el cómo el fenómeno del encarcelamiento de mujeres madres repercute en las infancias y en el dispositivo familiar. La idea es conocer y comprender estos imaginarios y cómo operan en estas mujeres, y estudiar las distintas relaciones que se desprenden de la red entre mujer – imaginarios de lo doméstico- precariedad. En ese sentido, nos interesa visualizar de qué manera las políticas e imaginarios de los roles de género podrían constituir una relación de consecuencia con las políticas de una gubernamentalidad, como por ejemplo, del narcotráfico, donde a falta de oportunidades por diversos factores necropolíticos, muchas mujeres que son madres se ven empujadas en la necesidad de supervivencia, tanto propia, como de sus hijes, a esto.


Cuando se analizan los delitos por los cuales las mujeres quedan privadas de libertad, tanto las estadísticas de Gendarmería como los estudios a nivel internacional son coincidentes: en primer lugar está el delito tráfico ilícito de estupefacientes, luego los robos y en tercer lugar el hurto. (Boutard, 2022)

 

La feminización tanto de la pobreza como de la figura del narco – que rompe también con el estereotipo binario del hombre narco similar al endriago de Valencia -  responde a la doble precariedad de la mujer en torno a los imaginarios de lo doméstico: en la condición de las labores de cuidado que conciernen con la maternidad, y con la necesidad de sustento económico. Por lo que, en ese estado de doble precarización, aparece esta dimensión de vulnerabilidad que es fácilmente cooptada por las redes de narcotráfrico, para tener un blanco fácil y también a alguien que trabaje exponiéndose. El ingreso de la mujer al narcomundo se relaciona, a partir de estas citas, con la condición de mujer, los roles domésticos, y la precariedad.

 

1.3  Debates actuales sobre género y feminización penitenciaria en Chile

 

1.3.1 El debate sobre la familia y el encarcelamiento de mujeres.

 

En Chile, como en otros países de la región, se trata de mujeres jefas de hogar uniparentales, que fueron madres a muy temprana edad, con niveles de educación muy bajos, en situación de pobreza, algunas de ellas, incluso, indigencia. Así se amalgama el delito con la necesidad de subsistencia; la discriminación y subvaloración estructural con la necesidad de sobrevivencia vía lo ilícito. (Centro regional de derechos humanos y justicia de género)

 

La respuesta gubernamental en el país, con la criminalización penal del tráfico como parte de las medidas que se instauraron y fortalecieron en el escenario de la “guerra interna contra las drogas”, generó que este blanco fácil y expuesto se convirtiera en el nuevo sujeto de sanción carcelaria, abriendo, como ya dijimos, un amplio sesgo de género en el problema tanto del narcotráfico, como del sistema penitenciario.
Entonces, así como una feminización de la pobreza y del narco, hay una feminización del régimen penitenciario - esto se refiere al ingreso forzoso y masivo de mujeres a los centros penitenciarios, en conjunto con la aparición de la Ley 20.000, derivando esto en que, así como se triplicó el número de mujeres presas, se crearan nuevos espacios para enfrentar el desafío de mujeres y maternidades en contextos de encierro. Según lo expuesto en  http://www.humanas.cl/la-feminizacion-de-la-llamada-guerra-contra-las-drogas/:

 

(…) No existen políticas públicas que reconozcan los impactos diferenciados que las acciones punitivas tienen en las mujeres ni de los distintos factores criminógenos que las llevan a incurrir en este tipo de delitos (…) La política de combate a las drogas que se funda en la sobreutilización del derecho penal, penas excesivas y restricción de medidas alternativas de privación de la libertad, no son eficaces, el consumo y el tráfico no han disminuido pese a la persecución y criminalización de las conductas. Por el contrario, las estrategias intentadas hasta ahora han sido funcionales a las grandes redes de narcotráfico que sacrifican a los eslabones más débiles del negocio, en gran medida mujeres, para su efectivo funcionamiento. La red sigue acechando, detectando o seduciendo a las mujeres en situación de pobreza y mayor vulnerabilidad.

 La materialidad de esta feminización de la cárcel resulta sumamente contradictoria si consideramos que, ante el creciente problema internacional del alza en la cantidad de mujeres presas dentro de contextos similares (criminalización del microtráfico con lógicas securitarias que se expresan en leyes y sanciones penitenciarias), surgieron, desde la ONU, las Reglas de Bangkok, que contienen apartados tales como el que enuncia que

 

9. Pone de relieve que, al dictar sentencia o decidir medidas previas al juicio respecto de una mujer embarazada o de una persona que sea la fuente primaria o única de cuidados de un niño, se debería dar preferencia a medidas no privativas de la libertad, de ser posible y apropiado, e imponer condenas que supongan privación de la libertad cuando se trate de delitos graves o violentos; (p. 4)

 

En este conjunto de “reglas”, tenemos que tomar en consideración que, al igual que los otros reglamentos que hemos mencionado, o todos los que emanan de las asambleas y acuerdos de la ONU, son simplemente una pauta de buena conducta. No son de carácter obligatorio, ni los países reciben sanciones en caso de no cumplir con lo que se estipula. Son discursos de buenas intenciones que, realmente, son meramente testimoniales (denominados jurídicamente como “tratados no vinculantes”). Prueba de ello es la gran cantidad de boletines, reglas, y acuerdos que se han tomado en materia carcelaria, en los que aparecen sugerencias de mejoras en infraestructura, enfoque de género, habitabilidad, condiciones mímicas de salud física y mental… requisitos que se “invita “a que cada país cumpla. Por ejemplo, y por mencionar algunas de estas declaraciones de buenas intenciones, en 1980, en el Sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente se aprobó una resolución sobre las necesidades específicas de las reclusas; La Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia; La Asamblea General, en su resolución número 58/183, del 22 de diciembre del año 2003, llamada “Los derechos humanos en la administración de justicia”, “invitó a que se prestara mayor atención a la cuestión de las mujeres que se encontraban en prisión, incluidas las cuestiones relativas a sus hijos, con el fin de identificar los problemas fundamentales y los modos de tratar de resolverlos.” (Boletín ONU), y las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad. De acuerdo a CIPER,

 

Las Reglas de Tokio de Naciones Unidas, son aplicadas a todas las personas sometidas a acusación, juicio o cumplimiento de una sentencia, sin discriminación alguna. Tienen la finalidad de evitar la aplicación innecesaria de la pena de prisión. La Regla 6.1, dispone que: “En el procedimiento penal sólo se recurrirá a la prisión preventiva como último recurso, teniendo debidamente en cuenta la investigación del supuesto delito y la protección de la sociedad y de la víctima.

 

Una forma de demostrar materialmente el carácter fútil de este tipo de reglamentos, que parecieran ser una forma de aparentar una impronta diplomática en concordancia con los Derechos Humanos y los parámetros mínimos de vida digna que Occidente está constantemente tratando de alcanzar – o aparentar – es considerar que a una maternidad uniparental que se encuentra en el rango de la pobreza, y que se arrincona en el microtráfico para poder sostener económicamente a sus hijes, termine en encierro penitenciario, en lugar de que se tomen otras medidas. Incluso, usando la herramienta de https://www.prisonstudies.org/highest-to-lowest/female-prisoners?field_region_taxonomy_tid=All podemos dar cuenta de que Chile está en el lugar 32 del mundo de países con mujeres presas, aportando al 7,4% del total mundial. A nivel latinoamericano, está en tercer lugar, siendo esto una muestra del nivel de criminalización que se ha desplegado, estando a la cabeza de las cifras en nuestro continente. Otro dato que tenemos que tener en consideración, y que profundizaremos más adelante, es el vector narcotráfico en Latinoamérica, ya que es a nivel de continente que los porcentajes muestran resultados bastante similares a los de Chile: Las cárceles de Latinoamérica están habitadas por mujeres madres pobres en su mayoría.

La cantidad de mujeres en situación penitenciaria se divide en 46 centros penitenciarios – tanto de mujeres como mixtos- a lo largo de todo Chile, y el proceso pandémico ha evidenciado la situación sumamente precaria que se vive dentro de éstos. Condiciones insalubres, hacinadas, que eran una realidad ya antes del contexto sanitario en el que nos vimos a nivel planetario desde el 2020, pero que comenzaron a  viralizarse debido, justamente, al riesgo a la vida de las personas privadas de libertad que conlleva subsistir en dichas condiciones.


En la actualidad, casi el 90% de las mujeres es madre, y 7 de cada 10 tiene hijxs menores de edad (según Boutard, 2022). Si bien el programa de Gendarmería “Creciendo Juntos” permite que las mujeres presas reciban visitas de hijes hasta los 12 años, el contexto pandémico suspendió las visitas, y han llegado a estar más de un año sin recibir esas visitas, o a encontrarse impedidas de brindar incluso lactancia, debido al riesgo de contagio al interior de las cárceles. Igualmente, el mismo programa abre espacios en las cárceles para infantes de hasta dos años, produciendo un periodo de crecimiento en las cárceles, con las respectivas repercusiones que esto tiene, para mantenerles cerca de sus madres. En el contexto pandémico este espacio se vio sumamente en riesgo, debido al peligro de contagio. El capellán de Gendarmería, Luis Robledo, enunció en una entrevista, con bastante lucidez, que “que si el virus ingresa a las cárceles será como “una bomba”, atendido a las condiciones de salubridad y hacinamiento.” (PRODEMU, 2020)


Respecto a la condición de las mujeres dentro de los recintos, con la crisis sanitaria causada por el contexto pandémico covid-19, se vieron desabastecidas de insumos básicos de higiene, tales como toallas higiénicas, tampones, y papel confort. En palabras de
Lisa Alcaíno, presidenta de la organización Red de Acción Carcelaria (RAC): “La restricción de encomiendas intensificó esta falta de acceso a insumos de higiene. En concreto las mujeres no tenían acceso a toallas higiénicas, no tenían jabón, no tenían desodorante y ante eso nos organizamos, ya que el Estado no garantiza la entrega de estos productos”. Esta crisis vino a presentar un problema de género en el contexto carcelario que se suma a otro, que tiene una larga data, tan antigua como la construcción de las cárceles: la infraestructura y la distribución.

 

1.3.2    1.3.2 Condiciones sanitarias del encarcelamiento.

 

En Chile, las mujeres representan aproximadamente el 10% de la población penal, cifra que ha aumentado exponencialmente en los últimos años. Por esa razón, hay muy pocos centros penitenciarios dedicados exclusivamente a la población femenina. El resto son espacios creados por y para hombres, que simplemente fueron adaptados para recibir mujeres. Esto implica, entre otras consecuencias, que muchos centros no toman en cuenta las particularidades de las internas y que muchas deben ser trasladadas de región al ser privadas de libertad, lo que tiene un profundo impacto en sus redes de apoyo. (Informe final – cabildos penitenciarios – Junio 2022)

 

La noción clásica de que la delincuencia y la vida “de crímenes” remitían únicamente a una dimensión masculina – construyendo una estructura imaginaria sexo-genérica en torno a estos fenómenos sociales y de clase -, terminó por reproducir el binarismo tradicional de géneros, en los que el hombre tenía una inclinación casi esencialista hacia el crimen, mientras que el rol de la mujer se encontraba en lo doméstico – las políticas sexogenéricas de cuidado, la maternidad, la mantención del hogar, etc. -. Debido a esto, los sistemas de encierro carcelarios siempre fueron pensados, en términos arquitectónicos y de distribución, para hombres. Con la aparición de las mujeres y disidencias como nuevos sujetos delictuales que desmontaron el imaginario del “endriago” de Sayek Valencia – el hombre racializado, pobre, que usa la violencia como emprendimiento de supervivencia-, debió existir un proceso gubernamental, jurídico, y arquitectónico, para adecuar los recintos penitenciarios a las necesidades orgánicas de las corporalidades no masculinas – que eran quienes, tradicionalmente, se encontraban bajo dicho encierro.

Este proceso no se dio de manera inmediata, sino que ha sido resultado de un proceso de ensayo y error, y que sigue en curso, demostrando su ineficiencia con cosas tan básicas como, por ejemplo, contar con insumos sanitarios e higiénicos para corporalidades con útero. Las reglas de Bangkok, al respecto, mencionan que

Regla 5 Los recintos destinados al alojamiento de las reclusas deberán contar con las instalaciones y artículos necesarios para satisfacer las necesidades de higiene propias de su género, incluidas toallas sanitarias gratuitas y el suministro permanente de agua para el cuidado personal de niños y mujeres, en particular las que cocinen, las embarazadas y las que se encuentren en período de lactancia o menstruación. (Reglas de Bangkok 2011. P. 10)

En la práctica, gracias a toda la información que ha salido a luz pública sobre todo en el contexto pandémico, que requería de medidas sanitarias especiales, ni dichas medidas eran aplicadas, ni tampoco las condiciones mínimas de higiene dentro de las cárceles de mujeres. Una de las últimas actualizaciones respecto a esto se realizó el año 2018 con la implementación del programa Creciendo Juntos, que tenía como finalidad brindar un enfoque de género a los recintos penitenciarios mediante la creación de espacios de lactancia intercarcelarios para infancias desde los 0 a los 2 años. Igualmente, se brindarían facilidades a hombres y mujeres en recintos penitenciarios a recibir visitas de sus hijes de hasta 12 años.  

Un estudio realizado en el año 2019, llamado Encarcelamiento femenino en Chile: Calidad de vida penitenciaria y necesidades de intervención, terminó por demostrar que los sistemas penitenciarios eran insuficientes para poder responder a las necesidades de las mujeres. En este estudio, junto con todos los que estudian este fenómeno, se expone la insuficiencia de adaptar un enfoque de género en las cárceles de mujeres en torno a las dimensiones de salud mental, reproductiva, los espacios para mujeres embarazadas y sus hijes.

Junto con esta feminización del narcotráfico, aparece la feminización de distintos aspectos históricamente masculinizados, y la inquietud más grande que ha aparecido en los últimos años es: ¿cómo la gubernamentalidad se hará cargo de entregar un mínimo de dignidad a las corporalidades con útero en los recintos penitenciarios, sobre todo considerando que si se encuentran en dicha condición es resultado de la “guerra (interior) contra las drogas” y de la precarización de ser madre soltera y pobre

 

 

 


 

1.3.3        1.3.3 Procesos sociales para una nueva crítica del aparato penitenciario o punitivo.

1.3.3.1  Ongs y Movimientos anticarcelarios

Distintas organizaciones de clase y ONG’s comenzaron a movilizarse ante esa escasez, dando respuesta a la urgencia de las aproximadamente 3.914 mujeres y disidencias que forman parte de la población penitenciaria (según datos del Compendio Estadístico Penitenciario de Gendarmería de Chile, del año 2019). También comenzaron a surgir lucazos, rifas solidarias, y distintas redes de apoyo autoconvocadas y autoorganizadas a las cárceles a lo largo del territorio, de la mano con que, debido al contexto del Pacto por la paz firmado el 2019 por distintos sectores políticos institucionales, se comenzaron a criminalizar distintas acciones de la protesta  al alero de la Revuelta social del 18O (como las modificaciones a la Agenda de Seguridad, entre ellas, la instauración de leyes como la “anti-barricadas”), se comenzó a expandir la consigna anticarcelaria de la libertad inmediata a lxs presxs políticxs.

Esta consigna permitió que se comenzara a trabajar en los distintos territorios en profundizar la postura hacia lo anticarcelario, con el enfoque en cuestionarse la existencia de las prisiones, de la justicia punitiva, y comenzar a proponer una nueva forma de abordar los conflictos sociales, entendiendo que hay muchos crímenes que son, en realidad, resultado de la necesidad y las desigualdades de clase.

 
Hay un factor de desigualdades de clase entremedio que no podemos ignorar. Situaciones “delictuales” como lo son el robo o el ingreso a la cadena del tráfico de drogas responden a un contexto de miseria, de precariedad, propios del capitalismo salvaje.
(DESDE EL SISTEMA CARCELARIO HACIA LA SOCIEDAD ANTIPUNITIVISTA 2020)

 

 La apertura mediática a la situación carcelaria con la pandemia (CIPER menciona que  “Los conflictos de las reclusas que son madres se han visto agudizados por la pandemia, ya que la ausencia de visitas les ha impedido ver a sus hijos e hijas por períodos prolongados.”), en conjunto con la criminalización de la protesta, han convertido al tema en algo cotidiano en la agenda en los territorios, llegando incluso a ser consigna de algunos candidatos en el proceso electoral, y fue parte recientemente del debate por la inclusión de las personas privadas de libertad en el proceso constituyente – de la mano de espacios organizados que lograron reunir a distintos colectivos y agrupaciones que reivindican luchas por los derechos sociales y políticos de las personas privadas de libertad, como, por ejemplo, Cabildos Penitenciarios.

En este momento en el territorio chileno hay diversas organizaciones y fundaciones que se han encargado de abordar el problema de género detrás del este fenómeno – el de la feminización de las cárceles, con un especial énfasis en mujeres madres de hogares uniparentales. Una de estas instancias, la Fundación Kalén, se ha encargado de realizar distintos conversatorios para visibilizar esta situación desde algunas dimensiones, como la legal, infantil, sociológica y psiquiátrica. Una de sus expositoras, Pilar Larroulet, es una académica que ha enfocado parte de su carrera a las cárceles de mujeres.

 

 Toda mujer privada de libertad viene de un contexto de mucha vulnerabilidad, y la cárcel muchas veces en vez de compensar esa marginalidad la extrema y profundiza.(...) El tema de los hijos aparece como relevante, ya que al salir no solo está la reinserción, sino que hacerse cargo de otros, en este caso los hijos y los padres. Así lo espera la familia, la sociedad y es una expectativa de mucha presión hacia las mujeres, que no es la misma hacia los hombres. (...)Hablar de reinserción es asumir un vínculo que antes no existía, ya que había marginalidad y violencia en sus vidas antes de la cárcel. (Larroulete, 2021)



De hecho, en este territorio se encuentra estancado desde el 2017 en el Congreso el proyecto de Ley Sayén (Boletín 11073-03). Una iniciativa que surge desde la Comisión de Derechos Humanos, luego de que en octubre del año 2016 Lorenza Cayuhan Llebul, comunera mapuche que estaba presa en la cárcel de Arauco, diera a luz a su hija Sayén engrillada y con compañía de gendarmería en el hospital Clínica de la Mujer del Sanatorio Alemán. Ante este hecho legal de violencia obstétrica, se desplegó este proyecto que pretende modificar las medidas cautelares de mujeres embarazadas o con hijes de hasta 2 años, suspendiendo la prisión en centros de reclusión por otras formas privativas de libertad (que guardaría coherencia con lo estipulado en las reglas de Mandela, Tokio y, al tratarse de mujeres, especialmente de las reglas de Bangkok).                                                                                                                                    

Tratar académicamente este tema abre el debate a fomentar espacios en los que se comiencen procesos colectivos des-estigmatización- que es la carga con la que cargan las personas tanto privadas de libertad, como que viven en el cotidiano en contextos vulnerables/vulnerados, y que en mujeres que están o estuvieron presas tiene una doble carga, en el estigma de haber cometido un delito, y de haber abandonado a sus hijes. Ese es uno de los grandes desafíos a los que nos enfrentamos desde la vereda crítica del sistema penitenciario, y que esté en debate este tema es una gran oportunidad para esto.


En la conocida revista Paula, se publicó en 12 de Diciembre del 2020 un artículo llamado “cárcel y mujeres: la urgencia de pensar un sistema penitenciario con enfoque de género”. Más allá de cuestionar el título, podemos rescatar extractos de este artículo , como este: “Y es que a esta situación se le suma el hecho de que la mayoría de las mujeres reclusas son la cabeza de hogares uniparentales (según lo plantea el estudio Políticas de drogas y derechos humanos: El impacto en las mujeres, realizado por Corporación Humanas), que fueron madres a temprana edad, con niveles de educación bajos y escasas posibilidades, lo que en muchos casos resulta en un involucramiento en delitos menores por la necesidad de mantener a sus hijos. Es por eso, en definitiva, que muchas recurren al microtráfico. A esto se refieren los especialistas cuando dicen que ha habido una feminización del narcotráfico, porque a 2015, el 58,9% de las mujeres privadas de libertad estaban condenadas por delitos de droga.”
(Cárcel y mujeres: La urgencia de Pensar un sistema penitenciario con enfoque de género)
Que en una revista pública se esté poniendo en tensión y circulación la problemática sobre la maternidad en contextos marginados es un síntoma de que es un tema que está dejando de ser tabú, para convertirse en tema de estudio y espacio de proposiciones y salidas a esta crisis penitenciaria en la que hemos caído como consecuencia de las medidas arbitrarias y castigadoras que, sin ningún criterio, dictó el Gobierno en la “guerra contra el narcotráfico”, sin comprender su dimensión capitalista, y social.

 

 

1.3.3.2  Inclusión/exclusión subordinada en coyunturas políticas del territorio

 

En nuestro territorio, desde 1874 existe el derecho al sufragio universal, y se especifica por ley que quienes tienen condenas menores a 3 años y un día pueden votar. Todo esto intenta, de cierta forma, generar un espacio de inclusión subordinada de quienes se encuentran excluides por estar en aislamiento penitenciario, abriendo la cuestión sobre las lógicas de reformar y hacer las cárceles “más humanas”, o la construcción colectiva de espacios restaurativos que intenten construir, de manera paralela o destitutiva de la justicia penal tradicional, otros espacios de justicia antipunitiva. Esto es muy importante, porque implica sacar el foco de la institucionalidad legal que tradicionalmente tiene la responsabilidad de dar respuesta a estos desafíos, y tomarlos por nuestras manos, para dar respuesta al “¿y entonces qué hacemos?”.




Sin embargo, nunca se ha respetado esto. Organizaciones como “Voto presos”, la Defensoría Penal Pública y “Cabildos penitenciarios” han luchado por este derecho ciudadano, logrando actualmente que el SERVEL instale mesas de votación en algunas cárceles (14 a lo largo del país, en donde podrán votar 1.029 personas privadas de libertad).  Todo esto intenta, de cierta forma, generar un espacio de inclusión subordinada de quienes se encuentran excluides por estar en aislamiento penitenciario, abriendo la cuestión sobre las lógicas de reformar y hacer las cárceles “más humanas”, o la construcción colectiva de espacios restaurativos que intenten construir, de manera paralela o destitutiva de la justicia penal tradicional, otros espacios de justicia antipunitiva.

Este derecho se encuentra cuestionado por parte del partido UDI, que pretende presentar una propuesta de Reforma Constitucional para que las personas privadas de libertad pierdan su derecho a voto, todo esto por, supuestamente, ser “poco sano para la Democracia, las personas privadas de libertad por distintos motivos, son personas que han violentado gravemente nuestra institucionalidad, y no están muchas veces de acuerdo como se lleva a cabo el tránsito democrático” (Diputados UDI buscan eliminar derecho a voto de personas privadas de ... 2022). Plantean, de manera resumida, que no deberían considerarse a las personas presas por su condición delictual, sosteniendo un imaginario que alimenta al imaginario del estigma delictivo, que impide la (re)inserción, y mantiene el cartel de criminalización sobre las personas en condición de encierro carcelario. A su vez, genera una nueva crisis en lo que se entiende como democracia, implicando que hay algunes que pueden ser parte de la política tradicional, y algunes que tienen que ser marginades. La ciudadanía, dentro de esta lógica, pasa a ser un privilegio que se puede perder. ¿Es realmente eso una democracia, cuando se castiga doblemente a las personas privadas de libertad, primero con su encierro, y luego con el despojo de los derechos ciudadanos?

 Específicamente, con respecto a la situación de género, se han dado diversos debates e instancias de participación solidaria en torno a las condiciones insalubres dentro de las cárceles de mujeres. Colectivos como Manos Libres y la Red de Acción Carcelaria se han hecho parte no sólo de brindar ayuda y socorro, sino también de hacer visibles condiciones carcelarias como la maternidad y la discriminación, y también de mapear los contextos personales y familiares de estas mujeres y disidencias en sus vidas previas al encierro penitenciario.

La comprensión de los contextos de la trayectoria de vida de las mujeres y disidencias es sumamente relevante para entender qué imaginarios domésticos son los que les sostuvieron y generaron impedimentos, así como entender los distintos niveles de vulneración a los que han estado expuestas, más allá de las condiciones de pobreza y necesidad. Las condiciones de violencia intrafamiliar también generan un espacio de estigmatización que, en muchas ocasiones, determinan su desenvolvimiento y el simbolismo del rol que deben cumplir dentro del hogar como sostenedoras.

 

 


 

 


Capítulo 2: Aproximación a un marco teórico para la problematización filosófica de las cárceles de mujeres

2.1 Bio/necro poder sobre el cuerpo de las mujeres


De acuerdo con los antecedentes revisados, podríamos decir que las estrategias de captura y encarcelamiento de las mujeres responde a una sofisticación del régimen disciplinar moderno, e incluso, dando cuenta de una profundización bio/necro política del sistema penitenciario. Siguiendo a Foucault, el biopoder en Historia de la sexualidad se refiere a los distintos mecanismos que se fueron incorporando y tecnologizando desde los espacios gubernamentales para gestionar la vida – mediante los instrumentos de control de población, y la disciplina al detalle de los cuerpos, mediante la imposición de leyes, y estándares de normalización, con la finalidad de homogeneizar los cuerpos y construir un imaginario de uniformidad y orden que es servil a la gubernamentalidad. El biopoder comprende al cuerpo

como máquina: su educación, el aumento de sus aptitudes, el arrancamiento de sus fuerzas, el crecimiento paralelo de su utilidad y su docilidad, su integración en sistemas de control eficaces y económicos, todo ello quedó asegurado por procedimientos de poder característicos de las disciplinas: una anatomopolítica del cuerpo humano,

a la vez que comenzaron a surgir nuevos problemas dentro de la máquina de producción del cuerpo. 

El desarrollo en el siglo XVIII de la demografía, de las estructuras urbanas, del problema de la mano de obra industrial, hizo aparecer la cuestión biológica y médica de las ‘poblaciones’ humanas, con sus condiciones de existencia, de hábitat, de alimentación, con su natalidad y mortalidad, con sus fenómenos patológicos (epidemias, endemias, mortalidad infantil). El ‘cuerpo’ social deja de ser una simple metáfora jurídico-política (como la que encontramos en el Leviatan) para aparecer como una realidad biológica y un campo de intervención médica” (Foucault, 1994. P. 209).

 Toda esta dimensión nueva dentro de la agenda política requirió que este biopoder se fuera actualizando en su afán por gestionar la vida y los cuerpos.

Ahora bien, a partir de esto, y tomando atención a las nuevas formas de persecución institucionalizada que se han dado a nivel punitivo-legal, podemos tomar a Achille Mbembe y la  Necropolítica, entendida como aquella que se aplica en una sociedad en la que a los cuerpos que son “menos valiosos” para el sistema, simplemente se les deja morir. Se les impone un régimen de abandono intencionado. Es por esto que existen cuerpos convertidos en mercancía, y dependiendo de su valor, hay mayor o menor gestión de políticas del cuidado, o de políticas de exterminio, como ocurre en los territorios precarizados.

También se alude en Necropolitica a la cosificación del ser humano propia del capitalismo, que explora las formas mediante las cuales las fuerzas económicas e ideológicas del mundo moderno mercantilizan y reifican el cuerpo: se estudia de qué manera este se convierte en una mercancía más, susceptible de ser desechada, contribuyendo a aniquilar Ia integridad moral de las poblaciones. Las personas ya no se conciben como seres irreemplazables, inimitables e indivisibles, sino que son reducidas a un conjunto de fuerzas de producción fácilmente sustituibles. (Mbembe, 2011. P. 15)

Esta relación entre los conceptos se establece claramente dentro de nuestra investigación teórico-filosófica, ya que se centra en la instauración de un régimen de control corporal, que despliega un aparato jurídico-legal de sanción sobre, en este caso, las mujeres que son parte de la cadena del microtráfico. La preocupación gubernamental no es de generar un espacio de restauración, sino que un espacio de encierro y exterminio de estas dinámicas delictivas, imponiendo un régimen que gestiona, controla, persigue y sanciona.

 

 

 

 

2.2 Narcogobierno y gestión gubernamental


Para profundizar en esta necropolítica, y este necropoder, en términos de nuestra investigación, es necesario hacer el enlace entre necropoder y narcogobierno. Para evaluar lo que significa un narcogobierno, es pertinente precisar primero lo que significa un dispositivo y sus implicaciones. Un dispositivo se define como un conjunto de atravesamientos micropolíticos y microsociales en los cuales convergen saberes que están siendo conjugados o delimitados por ejercicios de poder en confrontación permanente, y de los cuales se cristalizan en subjetividades que constituyen a ciertos grupos (ej: madres solteras narcotraficantes). En ese sentido, si están en un juego permanente de confrontación, los dispositivos poseen la facultad de actualizarse constantemente para dar paso y constitución a nuevos dispositivos, que si bien poseen características de los anteriores, tienen diferencias respecto a los saberes y a las modalidades en las cuales se da el ejercicio del poder y sus consecuencias en la constitución de las subjetividades. Los dispositivos pueden componer las instituciones, las cuales según Kaminsky son un vasto sistema de relaciones y comunicaciones que atraviesan y/o confluyen en un mismo espacio en torno a reglas formales e informales, es decir, espacios de condensación social donde confluyen múltiples dispositivos. 

 Cuando hablamos de narcogobierno, estamos hablando precisamente de una red de relaciones de un espacio específico -en este caso la periferia santiaguina, y la forma en la que se ven atravesadas las maternidades en condiciones precarizadas por este narcogobierno- donde se ha configurado una inmensa red de relaciones entre las personas que están mediadas precisamente por el narcotráfico. ¿Entonces, podríamos hablar de la narco-gubernamentalidad como una esfera institucional? La apuesta teórica es que si, puesto que el narcotráfico es una tecnología de control que converge directamente con los grupos e instituye redes de relaciones entre ellos. En ese sentido, habría de servirnos un análisis institucional capaz de poner el ojo en la manera o el proceso en el cual el narcogobierno instituye nuevas redes de relaciones con el espacio de la periferia, y debido a esto ponemos intencional énfasis en la apertura de la pregunta de investigación en la cual buscamos  de qué manera se constituye una relación entre la esfera institucional del narcotráfico con las mujeres que son empujadas a vender drogas debido a las imposiciones detrás de los imaginarios en los roles de género, en tanto que se encuentran en la necesidad de mantener a sus hijes, en contextos en los que abunda la deserción escolar, la violencia intrafamiliar, las nulas oportunidades laborales y la escasez de redes de apoyo formales e informales.


Para entrar en las formas en las que el biopoder, condensado en los Estados-nación, funciona, es vital que contextualicemos a qué nos referiremos con el dispositivo prisión. La prisión es una forma de economizar la gestión de la ilegalidad, y asegurar la imposición de un régimen de vigilancia, a la vez que instaura un estado de temor a romper con el orden público establecido. Sobre la gestión de la legalidad, Foucault se refiere en Entrevistas con Michel Foucault,  

 

Sólo una ficción puede hacer creer que las leyes están hechas para ser respetadas, que la policía y los tribunales están destinados a hacerlas respetar. Sólo una ficción teórica puede hacer creer que nos adherimos de una vez por todas a las leyes de la sociedad a la que pertenecemos. Todo el mundo sabe también que las leyes están hechas por unos e impuestas a los otros. (...) La ilegalidad no es un accidente, una imperfección más o menos inevitable, sino un elemento absolutamente positivo del funcionamiento social, cuyo papel está previsto en la estrategia general de la sociedad. Todo dispositivo legislativo ha reservado espacios protegidos y provechosos en los que la ley pueda ser violada, otros donde puede ser ignorada, y finalmente otros donde las infracciones son sancionadas. (Droit, R. 2006. Pp. 54-55)

Los centros penitenciarios, en consecuencia con lo expuesto, se comprenden desde ese lugar de institución total que se ampara en el discurso gubernamental de la necesidad de la existencia de mecanismos de coerción y sanción para quienes transgredan las leyes, creadas para la misma existencia y estabilidad gubernamental. Construyen los imaginarios de la ciudadanía, del trabajo asalariado como dignificador, de la delincuencia, en base a los márgenes totalizantes de subjetividades, generando a la vez la brecha con los cuerpos que no tienen el mismo valor por exceder a esas normas. Cuerpos que caen en la necropolítica, y en estos centros penitenciarios.

2.3 Narcoviolencia machista  y lo doméstico maternal

Si nos vamos a la justificación de nuestra investigación, nos encontramos con el fenómeno del narcotráfico, que encuentra su motor y modo de operatividad a partir de la cadena productiva del narcotráfico. “Una cadena productiva consiste en un conjunto de etapas consecutivas a lo largo de la cual se transforman diversos insumos hasta conseguir un producto final y colocarlo en el mercado. El objetivo de una cadena productiva es obtener mayor valor.” (Durand, 2010)

 En la cadena del narcotráfico aparecen diversos actores , tales como las personas encargadas del cultivo, producción, procesamiento y tráfico, y la idea dentro de esta cadena es que no se pueda acceder a los rangos altos, que son quienes manejan la mayor cantidad de dinero ganado por este negocio y que, en resumidas cuentas, lo sostienen. Si consideramos, a partir de los antecedentes, que las víctimas, los eslabones más débiles, expuestos y visibles, son las mujeres madres que por su condición de precariedad se convierten en blancos fáciles para convertirse en microtraficantes, podríamos enunciar que la cadena productiva del narcotráfico impone una narcoviolencia machista, concepto que refiere al fenómeno ya mencionado, y que se relaciona con el machismo cultural delictivo trabajado en la tesis sobre la cárcel de mujeres de Chillán.

Si nos enfocamos, ahora, en la relación que tiene esto con la dimensión de género, es importante que nos adentremos en algo que es vital, dentro de los roles de género, corresponde a lo que enunciaremos como lo doméstico. Entendemos lo doméstico como lo que es considerado puertas adentro, a lo mal llamado “vida privada”, al trabajo realizado dentro de un hogar, que es no remunerado, y que se diferencia del trabajo extra-doméstico en que este último es asalariado, y se da en las afueras del hogar. El lugar del hogar y todo lo que concierne a las labores domésticas, ha estado legado históricamente como responsabilidad de la mujer. Discursos como que “ser afectuosa y maternal está en su naturaleza”, o “la economía doméstica es para mujeres”, son parte de los enunciados que sustentan la persistencia de estas narrativas y registros simbólicos que se instalan desde la infancia en las mujeres, germinando así un régimen de imaginarios de lo doméstico como aquello que le es propio.

 

“Las autoras, en 1989, denuncian además la imposibilidad que tienen las mujeres de escoger entre realizar o no un trabajo doméstico, pues: “hay un compromiso ideológico previo a la domesticidad, con la “naturalidad” e inevitabilidad del rol doméstico de la mujer. Este compromiso cierra la posibilidad del cuestionamiento de esta forma de división sexual del trabajo.” (Jelin, E., 1978. Pp. 80-81)


Al existir la imposibilidad de la mujer de escoger, o de renunciar a ese rol y ese lugar que, casi de manera esencialista se ha construido el discurso de que le corresponde, podemos ver cómo están operando lo simbólico y lo imaginario. En lo doméstico existe un imaginario que articula relaciones específicas, y que son abordadas desde la narrativa de la asignación de los cuidados de lo doméstico, y el cuerpo delimitado como mujer.

La identidad principal que se sustrae de esa narrativa histórica impuesta e irrenunciable a la mujer es la del rol materno, que aparece en Significado cultural de la crianza y de los roles materno y paterno. Aportes a la reflexión teórica” por Liliana Cristiani,  Maricel Bertolotto Mariela Anderson,  Silvia Polinelli, Marina Collavini, Florencia Seijo, Florencia y Marcela Delfinom definido como:

 

El Marco de Trabajo para la Práctica de Terapia Ocupacional (2008) define al rol como “el conjunto de comportamientos esperados por la sociedad, moldeados por la cultura y que pueden ser conceptualizados y definidos posteriormente por la persona” Según Francis Connolly (2000) de los diversos roles ocupacionales de la vida adulta, el rol materno es referido como un rol principal en la vida de las mujeres, y resalta que la complejidad de este rol no se limita a las actividades de alimentación o cambios de pañal, sino que encierra dimensiones más complejas que continúan a lo largo de toda la vida de la madre. (…) Como alude al respecto Fernández (1996, p.161): …”se organiza el universo de significaciones en relación con la maternidad alrededor de la idea mujer igual madre: la maternidad es la función de la mujer y a través de ella la mujer alcanza su realización y adultez. La madre es el paradigma de la mujer, en suma la esencia de la mujer es ser madre. (Cristiani, L., Bertolotto, M.,  Anderson, M., Polinelli, S., Collavini, M., Seijo, F. y Delfino, M., 2014. P. 13)

 

2.4 Cuidado maternal versus Políticas de cuidado

Pasando al sector gubernamental, éste resguarda las medidas que ha adoptado contra el narcotráfico dentro de lo que son las políticas de cuidado. Como se define desde la CEPAL (Comisión Económica Para América Latina y el Caribe), las políticas del cuidado

abarcan aquellas acciones públicas referidas a la organización social y económica del trabajo destinado a garantizar el bienestar físico y emocional cotidiano de las personas con algún nivel de dependencia. Estas políticas consideran tanto a los destinatarios del cuidado, como a las personas proveedoras e incluyen medidas destinadas tanto a garantizar el acceso a servicios, tiempo y recursos para cuidar y ser cuidado, como a velar por su calidad mediante regulaciones y supervisiones (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2015).

Para términos de nuestra investigación, comprenderemos las políticas del cuidado desde dos dimensiones:


1- Las políticas de “cuidado” gubernamentales en la “guerra contra las drogas”, que, como ya mencionamos, en realidad lo que hicieron fue abrir un nuevo espacio de persecución, vulneración, criminalización y encarcelamiento. Parte de estas políticas de cuidado es también el proceso de “humanizar” las cárceles y convertirlas, extrañamente, en espacios habitables para las infancias.


2- Las políticas de cuidado derivadas de los registros simbólicos y de los imaginarios en torno a los roles domésticos, relacionadas con el cuidado. Respecto a esto último, se vuelve político desde el momento en que tiene una carga de imposición, y que afecta en gran medida a los espacios de vulnerabilidad - la existencia de un lugar donde convergen múltiples relaciones las cuales comprometen la posibilidad inmediata de una amenaza que genere un desastre en las condiciones materiales de los hogares/sujetos. En ese sentido, la vulnerabilidad corresponde a una exposición abierta a los peligros materiales de un espacio determinado, donde esta puede sustentarse a través de causas complejas de fondo, condiciones inseguras y presiones dinámicas tanto del entorno como de los sujetos. 

La vulnerabilidad siempre se define como totalmente lo opuesto al bienestar, puesto que los sujetos en esta convergencia de relaciones que construyen la posibilidad crónica de una amenaza, están en una condición de pérdida constante del bienestar puesto que no existen condiciones seguras que se manifiestan armónicamente en el aparato psíquico de los sujetos. Ser vulnerable siempre implica la pérdida de algo, como la seguridad, lo cual construye consecuencias devastadoras para los sujetos habitantes del espacio.

Dentro de dichos espacios de vulnerabilidad, por ejemplo, en una primera instancia se originan desde el biopoder y la necropolítica como referentes que configuran la marginalización de las poblaciones más pobres, las cuales posteriormente construyen otras relaciones espaciales que convergen tales como la cultura de la ilegalidad, la feminización de la pobreza, los imaginarios de lo doméstico, el machismo cultural delictivo, etc. 

 

 

 

 


Capítulo 3: Triple feminización y maternidades vulneradas

A partir de lo expuesto en los capítulos previos, y en los antecedentes, es que podemos dar cuenta de que aparece lo que categorizaremos como la triple feminización problemática que enunciamos a lo largo del escrito y que instalaremos como categorías teóricas centrales de esta memoria, y como herramientas conceptuales para poder estudiar estos fenómenos: La feminización del narcotráfico, de la pobreza, y de la cárcel.


 Feminización del narcotráfico

La entrada de las mujeres al narcotráfico, como fenómeno social, cultural y económico que se ha expandido de manera marcada en las últimas décadas – a la vez que el fenómeno del narcotráfico en general, tanto en si dimensión de venta como de consumo, en un proceso que podríamos llamar “narcotización del mundo”-, construye una nueva relación espacial donde se constituye lo que podríamos denominar como la feminización del narcotráfico. Para entender dicha cuestión, es necesario remontarse al concepto de femineidad y asumir que el empleo de este, en su conjunción con la figura del narcotráfico, implica necesariamente la construcción de un modo de subjetivación que supone la relación entre mujer narcotraficante y reproducción de los roles tradicionales que se le han asignado a las mujeres. En ese sentido, la variación en el funcionamiento de los roles tradicionales de las mujeres subyace en un entramado donde se visualiza la apertura al narcotráfico (feminización) desde una causalidad mayoritariamente debida a la necesidad de implementación de políticas del cuidado para-con sus hijes. Desde este vector se establece el costo-beneficio del negocio en relación a la necesidad de la independencia económica para sí y para darle una mejor vida a sus hijes, conjurado en una multitud de relaciones hegemónicas de vulnerabilidad amparada por una cultura de la ilegalidad. (Riquelme, G; Barriga, O., 2015. P. 56). Con esta feminización del narcotráfico se generan nuevos imaginarios que van configurando relaciones sociales que trastocan, juegan, y estiran al límite los roles impuestos, sin necesariamente excederlos.

 

Y es que a esta situación se le suma el hecho de que la mayoría de las mujeres reclusas son la cabeza de hogares uniparentales (según lo plantea el estudio Políticas de drogas y derechos humanos: El impacto en las mujeres, realizado por Corporación Humanas), que fueron madres a temprana edad, con niveles de educación bajos y escasas posibilidades, lo que en muchos casos resulta en un involucramiento en delitos menores por la necesidad de mantener a sus hijos. Es por eso, en definitiva, que muchas recurren al microtráfico. A esto se refieren los especialistas cuando dicen que ha habido una feminización del narcotráfico, porque a 2015, el 58,9% de las mujeres privadas de libertad estaban condenadas por delitos de droga. (Cárcel y mujeres: La urgencia de Pensar UN sistema penitenciario con enfoque de género)

 

La aparición de manera ampliada de mujeres dentro de un espacio delictivo que solía estar socialmente imaginado y configurado sólo para hombres abre una nueva área de estudio del tráfico como tal, arrastrando también nuevas repercusiones que van más allá de los estigmas tradicionales que giran en torno a la figura tradicional del “narco”.

 

 Feminización de la pobreza

Uno de los factores relacionados con la feminización del narcotráfico es la feminización de la pobreza. Ésta implica una alta encarnación de la pobreza singularmente en mujeres, quienes deben confluir con múltiples factores que van mediando sus vidas en relación a una condición de vida mediada por la precariedad, el género y los roles solidificados desde la ideología del patriarcado. 

En ese sentido, se considera que existe un alto estándar de mujeres pobres, y se utiliza el concepto de feminización puesto que su producción se genera desde conflictos de género, en cuanto se las priva de producir ingresos económicos a causa de la asignación tradicional de los roles de género. Por ejemplo, existe un patrón repetitivo respecto a la violencia en la irresponsabilidad de padres que abandonan a sus hijes, dejando a mujeres en una situación de mera supervivencia puesto que deben asumir la responsabilidad de trabajar en el desarrollo de les niñes con el mundo, y aparte contribuir con los gastos de la alimentación, donde se ven privadas por la ocupación del tiempo en el trabajo doméstico no remunerado. No sólo se habla de feminización de la pobreza en relación a la venida al mundo de niñes, puesto que también se repite en mujeres adulto-mayores que habitan en espacios de vulnerabilidad donde se han desposeído de la fuerza del trabajo debido a múltiples factores, y son sometidas a situaciones de abandono donde se encuentran en la búsqueda superviviente por encontrar ingresos económicos para proseguir con sus propias vidas. Es a partir de estas realidades, propias del capitalismo salvaje, que surge lo que podemos conceptualizar como delitos de clase, entendiéndolos como estos delitos menores (robo, microtráfico) que aparecen como consecuencia lógica de las desigualdades económicas inherentes a la sociedad de clases y de la urgencia de poder alimentarse y sostenerse en lo inmediato. La mayoría de las mujeres privadas de libertad se encuentran en dicha condición por este tipo de crímenes, lo cual ya nos muestra que las cárceles son hogar forzoso de un sector de la población que se encuentra en el margen de la supervivencia, y que, al exceder sus propias experiencias de vidas a dicho margen, se encuentran totalmente desposeídas de otra salida más que el riesgo de una vida delictiva, aun sabiendo que lo que arriesgan es su libertad y, en la mayoría de los casos, el abandono de sus hijes.

 

Feminización de la cárcel

Debido al ingreso exponencial de mujeres a los centros penitenciarios, a causa de todos los antecedentes que hemos expuesto previamente, es que aparece este fenómeno. Mujeres madres, de hogares unilaterales, en contextos precarios, y en los que se cumple, además que son parte del fenómeno de la feminización del narcotráfico y de la pobreza, y que resultan, a su vez, en infancias marginadas, vulneradas, que deambulan entre sectores precarios y una crianza en los centros penitenciarios.

A lo largo de este proyecto de memoria hemos podido advertir un proceso histórico y político que ha tenido la institución total de la cárcel de mujeres, desde que eran un centro correccional religioso, hasta el centro privativo de libertad hacinado y peligroso que es hoy en día, y parte de esta transformación pasa nuevamente por una deriva urbana-criminalística e institucional que se refleja en los propios testimonios de mujeres que estuvieron presas hace años, y han vuelto a caer en una cárcel totalmente distinta a la que solían conocer.

 

Laura Chávez (…) estuvo encarcelada el ‘94 por tráfico de marihuana, pero al volver siete años después, no sólo los huertos, viveros, parques y caballos habían desaparecido. Encontró rejas, candados y altos muros con alambrado para segregar por peligrosidad y situación judicial a las presas. Nada era igual. (CIPER, 2008)

 

Dentro de este cambio de forma de habitar en una prisión, el aumento explosivo de las mujeres y disidencias de las poblaciones penitenciarias evidentemente produjo también nuevas relaciones sociales dentro de los recintos. Formas sociales que tienen su inspiración en figuras masculinas propias de espacios de supervivencia callejera y canera, pero que se encuentran en proceso de feminización – o mujeres que se encuentran en ese proceso de masculinización.  “El cambio tiene que ver con tratar de ‘vivir una cana’, o sea, llevar una vida en prisión que se parece cada vez más a la de los hombres”.“ (CIPER, 2008) Esto guarda referencia con ese “estirar los límites” de los imaginarios que mencionamos previamente, pero sin romperlos. Las distintas dinámicas que se articulan siempre giran en torno a núcleos específicos e identitarios de poder, y el ejercicio lúdico es el de la mímesis con dichos núcleos, para poder sostener dicha forma de vida. Es aquí donde la feminización tensiona no sólo el imaginario histórico delictual, sino también el carcelario.


https://ciperchile.cl/wp-content/uploads/seccion-cuna.jpgEn el artículo de CIPER llamado “Mujeres caneras, el lado B del nuevo protagonismo femenino”, podemos encontrar una crónica con algunas de estas nuevas dinámicas que juegan entre esa masculinización de las mujeres presas, y la feminización de la cárcel, por ejemplo, con la instauración de “familias” conformadas por una pareja lesbiana, sus protegidas, y el lugar de cuidado que toman entre sí, para con otras familias y presas. Otro aspecto relevante es que toma experiencias de mujeres que estuvieron dentro de las unidades materno-infantiles con sus hijes.

Al principio, Laura Chávez no notó el cambio ya que los primeros dos años los pasó junto a su hija en Cuna, la sección a la que van las reas con niños pequeños. Junto a SEAS (Sección Especial de Alta Seguridad), de confinamiento estricto, y la sección de aislamiento, son las tres áreas que están fuera de los barrios. En Cuna hay parvularias que atienden a los niños mientras sus madres trabajan, asisten a la escuela o sólo pasan el día. Actualmente la habitan cerca de 20 presas, pero su permanencia es transitoria. Cuando el niño cumple los dos años de edad debe irse.

-Fue la pena más grande que tuve… Cuando se fue mi hija me quería morir. Y ella también. Lloraba y lloraba –recuerda Laura. (CIPER, 2008)

 

 

 

 

Capítulo 4: Infancias y maternidades bajo encierro

4.1 Infancias, maternidades y crianzas capitalistas

Estamos en un momento en el que el desarrollo y análisis de las distintas realidades sociales ha permitido poder tener mucha mayor rigurosidad al entablar diálogo con determinados sectores que, de pronto, ni siquiera se encuentran totalmente determinados. A lo que nos referimos con esto es que actualmente, con la consideración de que los estándares de normalización ya no (y nunca debieron) son una regla que totaliza y uniformaliza a la sociedad en su conjunto, podemos tener mucho mayor movimiento para hacernos cargo del contexto propio, individual y colectivo, de distintas identidades. En un momento inicial generamos un marco teórico para intentar plasmar a la forma mujer-madre que asecha a los sectores vulnerados por la gubernamentalidad y el capitalismo, y que terminan pagando dicha persecución con la cárcel. Ahora queremos intentar plasmar algo similar con algunas de las nociones de infancias. Particularmente, las infancias que crecen dentro de las unidades materno-infantiles. Infancias que nacen y crecen en “la cana”. Para poder llegar a aquello, es necesario hacer el proceso teórico inicial en el que vamos a articular a quiénes nos referimos al hablar de infancias. Y también el porqué de elegir esa tipificación y no otras como, por ejemplo, niñez, o infancia en singular, que es como se suele utilizar.


La UNICEF, en su texto Convención sobre los derechos del niño, define que “
Se entiende por niño todo ser humano desde su nacimiento hasta los 18 años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad.” La RAE, por su parte, aporta diciendo que niñez es el “Período de la vida humana, que se extiende desde el nacimiento a la pubertad.” Ambas definiciones forman parte de un paradigma cuantitativo, o que pretende construir una visión en común respecto de niños/as, de manera bastante maximalista. Los dos puntos fuertes son, en ambas citas, el punto en el que comienza y termina la niñez. Hasta cuándo se “deja de ser niñe”, poniendo una especie de promedio biológico y psicosocial.

Por otro lado, respecto de la definición de infancia, existe, por ejemplo, en la siguiente cita, aún más rigor estadístico en poner una edad de límite para aquella etapa, que se caracterizaría por acabar allí donde comienza el lenguaje: “Por  definición, la infancia es el período de vida entre el nacimiento y el surgimiento del lenguaje, es decir, hasta el año y medio - dos años.” Esto guarda relación con el significado etimológico de “infante” (infantia-incapacidad de hablar), y es uno de los múltiples paradigmas que hay dentro de la psicopedagogía y las disciplinas abocadas al estudio de las etapas de un ser humano. Etapas que se encuentran igualmente en crisis cuando, en vez de describir la realidad, intentan moldearla.

Respecto de la “incapacidad de hablar” de la infancia, surgen debates filosóficos relevantes, y señalaremos algunos de estos: ¿es el habla la única forma de comunicarse? ¿Es necesario poner una hegemonía respecto de regímenes de comunicación? ¿Hasta qué punto hacer prejuicio condenatorio sobre otre que “no puede hablar”, poniéndole en situación de inferioridad, sigue replicando los vicios de un régimen logocentrista y, en este caso, adultocentrista y capacitista?

De la misma forma, como ocurre con toda forma de identidad que pretende imponerse y totalizarse, no logra cooptar totalmente toda particularidad de la realidad, y con las incontables experiencias de vida, se hace imposible hablar de UNA niñez, UNA infancia. Existen tantas infancias como cuerpos infantes, así como existen tantas visiones de mundo dentro de un Mundo. Los discursos tradicionales, cuando generan esta producción de identidad, intentan poner el “cómo debiera ser”, por encima de “cómo realmente es”, y con el concepto de infancia ocurre que constantemente se habla de una forma de vida de niñes bajo un contexto sumamente específico, de preferencia el ideal, casi de forma caricaturesca. Hablar de niñe y referir a aquella forma de vida implica la negación de todas las otras formas de ser niñes que coexisten dentro de la misma realidad, y subordinarlas, ponerlas siempre en déficit a partir de su carencia de llegar a ser la caricatura, más allá de estudiarla desde su contexto persona, familiar y social.  Es estigmatizar desde el prejuicio, y no entender desde dónde surge y qué es lo que hay en esas infancias que exceden a los roles e imaginarios sociales. A la vez, poner formas de existencia e improntas identitarias como estándar con el cual evaluar y medir responde a las lógicas de eficiencia propias de un sistema basado en la valorización del valor, como es el capitalista, que tiene como particularidad que va dejando atrás y en espacios de praceriedad y marginalidad a aquellos cuerpos que no responden a las lógicas de extracción de fuerza de trabajo y de productividad. Las infancias, al no poder producir en estos términos, y al no poder sostener sus propias existencias mediante un salario, están consideradas siempre en términos de deficiencia y de discapacidad, llevando a que se les considere como sujetes siempre en tanto sujetes de protección, de santificación, o de castigo y adoctrinamiento primario.

Como diría Eduardo Bustelo en “Infancia en indefensión”,

 

(...) la cuestión central en la relación pobreza-infancia es el poder, puesto que niños/as y adolescentes son por antonomasia "los que no tienen poder". La biopolítica de la infancia consiste en mantenerla en la zoé como sólo sobrevivencia e inhibir o regular el desarrollo de la ciudadanía y su acceso a la política. (Bustelo, E. P. 256)

 

Este autor remite a esta doble noción de infancia como “niño/a sacer” que puede ser sacrificado o disciplinado/condenado dependiendo de factores sociales asociados con las actitudes propias de una infancia, y plantea el problema biopolítico desde allí. Se nos hace relevante esta noción de “Niñe sacer” porque permite abrir el problema de La infancia, y dejar de pensarla como una singularidad. Dentro de la pluralidad indeterminable de infancias, existen algunas que se encuentran dentro de la lógica del resguardo y el hiper-cuidado, y otras que se encuentran totalmente expuestas a una condición de criminalidad y animalidad en términos de capitalismo salvaje. Es dentro del segundo rango que nos vamos a mover para estudiar qué repercusiones ha tenido la implementación de lógicas securitarias para producir nuevas poblaciones de infancias sacer que nacen dentro del encierro, que viven sus primeros apegos entre rejas, que construyen su lugar en el mundo en el límite fronterizo que es un recinto penitenciario. Ya no podemos permitirnos, en concordancia con una realidad que está totalmente desolada por las desigualdades estructurales, pensar en términos binarios, ni en términos de roles e imaginarios asociados con determinadas corporalidades, porque es esa violencia la que produce nuevos estándares de vulneración y discriminación, en este caso, a infancias que nunca fueron como detallan los libros clásicos de psicología del desarrollo, y que son prueba de otro fracaso de los grandes relatos que pretendían, mediante ficciones, poner pautas de conducta y de desarrollo normalizados. Ficciones que terminan por dejarnos sin respuesta ante escenarios de niñeces que habitan en la violencia, que rompen con la caricatura sagrada, que no juegan y ríen sino que huyen y lloran, y que terminan por, en vez de ser deficientes para un régimen adultocénctrico, demostrar la deficiencia de un sistema penal que les hace abrir los ojos y estar ya dentro del apego carcelario.

 

 

4.2 El apego tortuoso al gendarme

La siguiente gráfica (extraída del Informe Anual de Estadísticas Policiales del año 2019) es parte de la recopilación estadística que ya no corrobora nuestra hipótesis, sino que da fuerza a nuestra certeza de que las mujeres presas son las madres narcos.

 



 

Junto con esto, queremos señalar que de acuerdo con las cifras del mismo año 2019, la población penal femenina se incrementó en un 40% desde el año 2009 – periodo en el que comenzaron a realizarse refinamientos en términos de persecución y sanción al microtráfico. En ese momento, eran 3.508 mujeres presas, siendo el 95% de ellas madres, y estando 478 habitando o embarazadas, o con lactantes, o con infancias dentro de la cárcel. (La Tercera, Cuando la primera…, 2019)

Ahora bien, si damos el salto hacia datos estadísticos del mismo tipo, pero del informe de la Defensoría de niñez del año 2021, nos encontramos con una cifra similar a la recogida en el 2019:



 

A partir de ambos datos, podemos observar que el número de mujeres y disidencias que están dentro del programa Creciendo Juntos es relativamente similar entre los años 2019 y 2021, pero en esta segunda recogida se agregan y toman en consideración datos que resultan relevantes para términos de analizar y emplazar nuevamente a la institucionalidad chilena a partir de los acuerdos diplomáticos que tienen con los distintos reglamentos en términos de materia penal con la ONU. Acuerdos que directamente no cumplen. Datos como, por ejemplo, que el 52% de las mujeres madres, embarazadas y lactantes dentro de las prisiones, lo están de manera preventiva (señalando, por ejemplo, que la cárcel femenina de San Miguel es sólo para imputadas). Es decir, que no se encuentran directamente condenadas por algún delito, sino que se encuentran allí de forma cautelar o preventiva… y estos datos son apenas del informe del año pasado, así que estamos hablando de hechos que están presentes en nuestra actualidad. Mujeres que, pudiendo ser o no ser declaradas “culpables”, se encuentran en prisiones, de entre todas las opciones restaurativas que se dan dentro del sistema punitivo. Mujeres que están encarceladas junto a sus hijes esperando que siga su curso un procedimiento legal Esto es otra muestra más de la economía punitiva que opera en la gubernamentalidad de nuestro país; una economía que opera solamente para quienes cometen crímenes de clase, por cierto.

De los datos descritos, es alarmante que más de la mitad de las mujeres gestantes o junto a sus hijas o hijos que fueron atendidas el 2019 se hayan encontrado sujetas a una medida cautelar de prisión preventiva, es decir, privadas de libertad sin que exista aún una sentencia condenatoria. La sobreutilización de la prisión preventiva contradice su carácter de ultima ratio, establecida en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, que se ve subrayada cuando se trata de mujeres que son madres de niñas y niños en la primera infancia. (Defensoría de la Niñez, 2022)

 

Uno de los principales problemas que encontramos en esa “sobreutilización” – que en realidad es la puesta en funcionamiento de una serie de biopolíticas securitarias y criminalizadoras -  reside precisamente en la construcción de nuevas formas de maternidad y crianza que se dan en contextos intracarcelarios, y que son resultado de una persecución legal de formas de maternidad uniparental en contextos de precariedad y vulneración. Nuevas formas de maternidad que, más que reformar y reemplazar a la maternidad “narco”, la castigan, generando una nueva cadena familiar de imaginarios castigados. Entre estos, las infancias. La producción de nuevas bio-políticas y tecnologías punitivas y penitenciarias de control instala nuevas poblaciones de víctimas, en este caso, en infancias que se encuentran recluidas en Creciendo Juntos- un programa del gobierno que, como ya hemos mencionado, no encuentra concordancia entre su intención, y la infraestructura de la cárcel de mujeres – hasta los 2 años de edad, momento en el que son sacades del espacio, alejades de sus madres, sin ningún tipo de apoyo económico ni psicosocial de parte del gobierno para enfrentar el desapego y el contexto económico vulnerable en el que se encuentran estas infancias y sus entornos familiares: Es una de las múltiples formas en las que se visibiliza que la intención de la institucionalidad, más que el bienestar, es el silenciamiento del “delito” aplicando necropolíticas que arrasan no sólo con la persona directamente sancionada, sino con todo su entorno y, en el caso de poblaciones, con todo un territorio que se encuentra marcado por la condena, el estigma, la pobreza y la marginalidad.

Si bien está estipulado legalmente que las cárceles deben tener un espacio acondicionado para la atención y los cuidados de niñeces (Boza et al., 2020), la realidad de los recintos carcelarios es totalmente distinta, y se puede dar cuenta de ello en diversas crónicas y relatos que circulan en las redes y que nos enrostran un terrible abandono cómplice y silencioso que hay tanto desde la institucionalidad, como del derecho y como de parte nuestra:

Para la mayoría de los integrantes de la Mesa constituyó una preocupación que el lugar en el que permanecen los niños y niñas de las secciones materno-infantiles se encuentre adyacente a los módulos en los que están otras mujeres privadas de libertad. Esto pues, en ocasiones, los ruidos se pueden escuchar de un módulo hasta la sección materno-infantil, lo cual vulneraría el derecho de los niños y niñas a vivir en un medio ambiente sano y adecuado para su desarrollo físico, psicológico y social. Lo anterior se encuentra estrechamente vinculado con la obligación que tiene el Estado de velar por el interés superior de los niños y niñas, mediante el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos en maternidad. (Informe Mesa Interinstitucional, 2020)

 

En dicho informe se trabaja en algunas de las dimensiones más problemáticas en torno al debate de las infancias en las prisiones, y qué hacer. Inicialmente, quienes conforman el debate de la Mesa Técnica tienen acuerdo en que en Chile no se respeta que la cárcel sea la “ultima ratio” a la que apelar ante el crimen de una persona, y que se debiese velar por cumplir con esto. Con esa crítica como punto inicial, se considera que ese 52% de mujeres en las unidades materno infantiles que están allí de maneras preventiva y cautelar no necesitan estar en las cárceles. Siguiendo con esto, se habla de algunos de los problemas psicológicos más importantes derivados de que las niñeces nazcan y vivan sus primeros años en los entornos agresivos, hostiles, y condicionantes de las cárceles.

Algunos de los problemas que se mencionan tienen que ver con las repercusiones en la salud física y mental de las infancias, que también se abordan en el informe de la Defensoría de la niñez del año 2021. Entre estos problemas hay verdades desgarradoras que tienen que ver con la relación entre las infancias y gendarmería, el tipo de vínculo que se construye desde ahí, la separación drástica y los problemas de infraestructura. Estos, solo por mencionar muchos otros, o incluso, las distintas directrices que pueden tomar las consecuencias emocionales, sociales y económicas de este tipo de crianza carcelaria a lo largo del trayecto de vida de una persona.

Respecto de la relación gendarme-niñe,

Si un niño se enferma o debe ir a un control de niño sano no puede hacerlo con su madre. El niño no puede trasladarse en el furgón de Gendarmería, ni la madre puede subirse a un auto particular. Termina yendo con cualquier gendarme. Por eso no son pocas las veces que la primera palabra de los niños no es mamá, es "paco" o "cabo", comentan Sandra Haro, abogada de la Unidad de Defensa Especializada de la Defensoría Penal Pública, y Claudia Castelletti, abogada de género del departamento de Estudios de la misma institución. (La Tercera, Cuando la primera…)

¿Hasta qué nivel las medidas de resguardo que se toman para la crianza de infancias intracarcelarias son medidas de cuidado, y hasta qué nivel son una respuesta a esta economía punitiva que tiende a tomar la prisión como respuesta automática sin medir – o queriendo omitir conscientemente - las consecuencias?

Son estas algunas de las preguntas que desde una disposición filosófico-pedagógica podemos abordar para dejar de lado la pasividad práctica ante este tipo de realidades que son a la vez devastadoras, y devastan la vida de madres e infancias que se encuentran bajo en régimen de crianza intracarcelaria.

Los informes previamente mencionados ya  pueden dar cuenta de la ineficiencia de los mecanismos que se han adoptado para poder generar un espacio de “inclusión” (subordinada) de las maternidades a las prisiones. Dan cuenta, igualmente, de que las medidas tomadas para generar dicha inclusión se encuentran fuera de todo margen de lo que diplomáticamente se enuncia como parte de proyectos para “humanizar” las cárceles, sino que producen todo lo contrario, porque penitenciarizan vínculos y roles sociales al generar escenarios diferenciados en los que no sólo se destruye un espacio familiar, sino que se construye una in-familiaridad, en este caso, entre las infancias y funcionaries de los recintos penitenciarios.


Ante el debate respecto de aumentar los años de permanencia de las infancias dentro de las unidades materno-infantiles (tomando, por ejemplo, el caso de Noruega, en el que la edad máxima es de 6 años), se plantea qué tan sano es que las infancias estén tantos años dentro de la cárcel, pensando que la finalidad sería que no se rompa el vínculo con la madre, pero que implicaría a la vez reforzar esta crianza intracarcelaria. Pero… ¿es realmente sano que las infancias estén dentro de las cárceles en lo absoluto? Nuestra respuesta es que no. Que en vez de seguir ampliando las redes jurídico-legales que sancionan los delitos de clase, la gubernamentalidad debiese ser capaz de responder al por qué de dichos contextos y de la necesidad de recurrir, en este caso, al narcotráfico como forma de ingreso económico y de subsistencia económica familiar. En lugar de penitenciarizar a la familia y los roles e imaginarios que se encuentran dentro de esta figura, debiésemos tomar otras formas de hacernos cargo de estas desigualdades estructurales, en vez de seguir perpetuándolas y produciendo nuevos regímenes de estigma y castigo.

 

Un artículo del diario Uchile, presente en https://radio.uchile.cl/2018/06/04/ninos-en-carceles-una-realidad-excluida-de-la-comision-de-infancia/ , relata que durante una visita del Papa Francisco a Chile en enero del 2017 a uno de los recintos penitenciarios del territorio

Fue Jeannette Zurita, condenada a 15 años por tráfico de drogas, quien solicitó al Papa que “intercediera para que la Justicia modificara las condenas de las mujeres que somos madres de menores de edad”. Y agregó: “Le pido en nombre de todas las privadas de libertad que ore por nuestros hijos y por nosotras, que le pida a Dios misericordia por todos estos niños y niñas que están pagando una condena que sin querer les dimos. Misericordia para las madres para soportar tanto dolor”. Papa dijo que “pueden privarlas de libertad pero no de dignidad”.

 

El concepto de dignidad es problemático, porque se puede jugar dependiendo de los intereses de quienes aboguen por la defensa de la misma. Por ejemplo, se puede hablar de “vivienda digna”, para referir al hogar propio, que puede ser un hogar con el mínimo de metros, en un gueto vertical. Se cumple con el requerimiento de vivienda propia, pero ¿es realmente digno? ¿Es realmente digno que se configuren maternidades intracarcelarias? ¿O sería mucho más digno de nuestra parte defender que las maternidades se den de forma libre y sin privación de libertad?

Para esto, es menester que podamos dar respuesta a las inquietudes que se dan desde la institucionalidad, en su discurso de protección del orden público, pero para ello es necesario plantearnos preguntas incómodas, que vayan mucho más lejos que los debates actuales que buscan infantilizar las prisiones. Implica tener la capacidad de responder y comprender a las infancias más allá de ese Niñe sacer, de nuda vida, y entender todas las potencias de vida que se guardan dentro de una vida que, en este momento, se encuentra en triple vulneración: por las desigualdades económicas, al hostilidad territorial, y el asecho de una criminalización que busca instaurar nuevas lógicas de crianza dentro de las prisiones.

Desde el quehacer filosófico-pedagógico podemos aportar mucho a entregar insumos para en debate, y que se sigan generando aperturas a este debate y construir soluciones colectivas que estén a la altura de la necesidad de una sociedad que sea consciente de las causas de sus propios problemas y “delitos”, antes que seguir replicando la lógica tradicional de construir fronteras y muros allí donde hay algo que se quiere silenciar, en vez de tomarlo como lo que es: un desafío propio del régimen capitalista en el que nos encontramos inmerses.

"(...) analizar el hecho "social" del ser pobre o más particularmente, la situación niño/a-adolescente pobre, no relacionándolos a los procesos económicos de concentración de ingresos, riqueza y poder, es como trabajar por y para su reproducción.” (Bustelo, 2005. P. 255)

Conclusiones y preguntas

Una nueva crítica radical al sistema penitenciario

La apertura de las problemáticas carcelarias que se está dando en la actualidad – que, en parte, ha sido resultado de nuevos procesos de criminalización de la protesta en el contexto del 18O en nuestro territorio-, ha permitido la visibilización de posturas que cuestionan no solamente la precarización extrema dentro de los recintos penitenciarios y las condiciones de hacinamiento e infraestructura, sino que también cuestionan la existencia misma de las prisiones debido al agotamiento y la insuficiencia de las medidas gubernamentales. Desde espacios de estudio y tensionamiento de las distintas realidades de las personas privadas de libertad se abre, a su vez, la posibilidad de liberar colectivamente los estigmas y las lógicas punitivas y condenatorias que seguimos replicando y que, muchas veces, van a casos tan extremos como considerar que las personas privadas de libertad no merecen derechos, llegando incluso a quitarles su condición de humanidad al reducirlas sólo a su condición condenatoria, impuesta por un sistema que criminaliza los delitos de clase.

El proceso de la guerra interna contra las drogas ha derivado en la instauración de nuevas leyes que amplían el encierro penitenciario, y que instalan nuevas formas de persecución y castigo jurídico. La gubernamentalidad se encarga de sancionar y encerrar, pero ¿a quiénes encierra? En los antecedentes ya se ha dado cuenta de que la mayoría de las mujeres que conforman la población penal son mujeres jóvenes, sin estudio, jefas de hogares uniparentales, víctimas de violencia doméstica, y con dificultades para ingresar al mundo laboral. La necesidad no sólo de subsistir individualmente, sino de sostener económicamente un hogar, deja a estas mujeres sin muchas formas de satisfacer las necesidades de su hogar. El rol doméstico, entonces, excede al imaginario de la maternidad, y la arroja a una condición de supervivencia dentro del capitalismo salvaje. Es así, que se convierten en el eslabón visible de la cadena productiva del narcotráfico, y en sujetos de persecución y encierro.

La gubernamentalidad se queda corta en su afán por mantener un orden social ya que, al tomar este tipo de medidas, en vez de solucionar el problema, sólo lo está delegando al régimen penitenciario, agravándolo y produciendo nuevos espacios de marginalidad, en estas madres y en las infancias que crecen dentro de las unidades materno-infantiles de las cárceles.

Si se toma en consideración esto, podemos dar cuenta de que a quienes se está encerrando es a quienes cometen delitos de clase – esto se refiere a delitos que se realizan en el margen de la pobreza y la necesidad de sobrevivir en el día a día. Las cárceles, como se dice popularmente, sólo son para algunes. Y es desde este punto que se puede cuestionar la existencia de las mismas, así como también a la legalidad que reproduce un régimen punitivo y estigmatizante. Una forma de justicia que tiene como única herramienta la legalidad punitiva, en vez de tomar socialmente los delitos de clase como un fenómeno propio del capitalismo, sólo va a derivar en regímenes penitenciarios cuya población está conformada en su mayoría por personas pobres y marginalizadas de la sociedad. Es así como surge una crítica radical a esta forma de “justicia”, y aparecen nuevas propuestas de tomar una justicia restaurativa y transformadora, en la que comunitariamente nos podemos hacer cargo de este tipo de delitos, construyendo, a su vez, nuevas redes de solidaridad que permitan ampararnos colectivamente y responder a las necesidades básicas, asegurando así que nadie tenga que recurrir a dichos delitos para subsistir.

El fenómeno de la feminización de la cárcel es, justamente, uno de los ejes centrales de los debates sobre las cárceles en la actualidad, debido a la relación que existe entre lo femenino, lo doméstico y la maternidad, y que instala la cuestión sobre las (im)posibilidades de una existencia digna dentro de los márgenes de las prisiones, sobre todo pensando en las repercusiones que tiene para la vida de una mujer el estar en la cárcel: el doble estigma de haber delinquido, y de haber fallado a la hora de cumplir con su rol doméstico de cuidado. Esto último es lo que abre el espacio a pensar directamente en las infancias que nacen y crecen en contextos carcelarios, mediante el programa Creciendo Juntos, y los nuevos espacios de precariedad que la criminalización del delito de clase está abriendo. Desde ese punto es que podemos llevar la inquietud filosófica y pedagógica para reflexionar sobre qué herramientas prácticas para la acción se pueden ofrecer ante este escenario que cuestiona la excepcionalidad de la ciudadanía, el derecho-Estado, y la legalidad y qué prácticas pedagógicas se pueden dar dentro y fuera de los espacios carcelarios para aportar en este debate, sobre todo cuando el “factor” infancias deja de ser considerado como un simple vector más, y se consideran como lo que son: vidas que se encuentran en el despojo propio de un proceso de mecanización de nuevas configuraciones intracarcelarias.

El Estado, y lo paraestatal, aparecen como agentes que, buscando “solucionar” un conflicto (el narcotráfico), producen nuevos espacios de vulneración, en los cuales permiten que se den una serie de injusticias (tanto legales- con las dificultades de acceder a abogades, y de una distorsión incluso de lo que debiese ser la justicia- como necropolíticas- el abandono, el olvido y el dejar morir dentro de las cárceles), que transgreden incluso los propios discursos de buena voluntad que se despliegan a nivel mundial. A nivel práctico, podemos confirmar que las cárceles, además de ser un castigo para la gente pobre, producen nuevas formas de pobreza y marginalidad que, en este caso, están afectando a infancias que nacen bajo encierro y construyen sus primeros vínculos con el mundo dentro de las dinámicas penitenciarias. Es un desafío tremendo que implica posicionarse de forma crítica contra una forma histórica de enfrentar los “delitos y crímenes”, y construir nuevas formas de justicia restaurativa, sin obviar el factor evidente de que los delitos de clase existen porque existen desigualdades y necesidades, y vidas que la maquinaria capitalista solamente deja abandonadas a mitad de camino. ¿Nosotres vamos a hacer lo mismo?

                              

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